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Recurso de Inconstitucionalidad contra la Ley gallega de racionalización del gasto en la prestación farmacéutica

07/02/2011
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El Consejo de Ministros ha acordado solicitar al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Galicia sobre racionalización del gasto en la prestación farmacéutica, del 22 de diciembre de 2010.

También se ha acordado plantear un conflicto positivo de competencia al Gobierno de la Xunta de Galicia en relación al acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 30 de diciembre de 2010, por el que se aprueba el catálogo priorizado de productos farmacéuticos de esta Comunidad Autónoma.

El Gobierno entiende que ambas disposiciones vulneran las competencias que al Estado atribuye la Constitución en materia de coordinación general de la Sanidad, legislación sobre productos farmacéuticos y legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.

Aspectos recurribles

La Ley y su desarrollo posterior han permitido a la Comunidad Autónoma crear un Catálogo priorizado de productos farmacéuticos financiados en su territorio, distinto del aprobado por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, el Nomenclator oficial de productos farmacéuticos financiados por el Sistema Nacional de Salud.

En la práctica, se excluyen 427 presentaciones de medicamentos que no pueden ser prescritas, ni dispensadas en Galicia. Estas presentaciones de medicamentos pertenecen a distintos principios activos y, por tanto, pueden afectar a tratamientos de múltiples patologías.

Dado que la sustitución por otros medicamentos equivalentes no se puede producir en todos los casos, pueden crearse problemas de salud, tanto para los ciudadanos gallegos, como para aquellos ciudadanos que se desplacen a Galicia desde otra comunidad y necesiten continuar un tratamiento.

Además, la Abogacía del Estado señala al respecto que si Galicia, u otra Comunidad Autónoma, aprueba un catalogo priorizado de productos farmacéuticos, aunque sea dentro de los límites fijados por el Nomenclátor estatal, se estarán sentando las bases para que existan tantos catálogos o listas de productos farmacéuticos como Comunidades Autónomas. Cada Comunidad podría priorizar los productos de su catálogo en función de cualquier contingencia o eventualidad (criterios económicos, disponibilidad material, formato, etcétera). Admitir esta posibilidad alteraría profundamente el ejercicio de la competencia exclusiva que en esta materia se reconoce al Estado.

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