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Catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia

03/01/2011
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Resolución de 30 de diciembre de 2010 por la que se hace público el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, por el que se aprueba el Catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG de 31 de diciembre de 2010). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 30 DE DICIEMBRE DE 2010 POR LA QUE SE HACE PÚBLICO EL ACUERDO DEL CONSELLO DE LA XUNTA DE GALICIA, POR EL QUE SE APRUEBA EL CATÁLOGO PRIORIZADO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA.

El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 30 de diciembre de 2010, ha adoptado, a propuesta de la Consellería de Sanidad, el acuerdo que se transcribe a continuación, así como el de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

De conformidad con lo previsto en los artículos 3.º e 4.º de la Ley 12/2010, de 22 de diciembre, de racionalización del gasto en la prestación farmacéutica de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Catálogo priorizado de productos farmacéuticos estará formado por los principios activos con sus respectivas presentaciones que respondan al precio menor recogido en el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos financiados por el Sistema Nacional de Salud, o bien con un precio superior cuando se trate de situaciones excepcionales justificadas por la existencia de riesgo de desabastecimiento o monopolio.

De conformidad con las previsiones legales citadas, y previo estudio del informe elaborado por la Subdirección General de Farmacia, la Comisión Autonómica Central de Farmacia y Terapéutica de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su sesión de 28 de diciembre de 2010, ha acordado elevar a la Consellería de Sanidad la propuesta de Catálogo priorizado de productos farmacéuticos por conjuntos de intercambio.

Teniendo en cuenta lo anterior, en el ejercicio de las competencias otorgadas en los artículos 3.º y 4.º de la Ley 12/2010, de 22 de diciembre, de racionalización del gasto en la prestación farmacéutica de la Comunidad Autónoma de Galicia,

ACUERDA:

Primero

Se aprueba el Catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia que se une.

Segundo

Este acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Galicia a efectos de su general conocimiento y aplicación.

Tercero

Para la prescripción, el catálogo priorizado de productos farmacéuticos para medicamentos y productos sanitarios producirá sus efectos desde el día 3 de enero de 2011.

Para la dispensación, producirá sus efectos del siguiente modo:

1. Las oficinas de farmacia de la comunidad autónoma podrán dispensar, desde el 3 al 16 de enero de 2011, el medicamento prescrito en receta oficial del Servicio Gallego de Salud, con independencia de que se encuentre o no en el catálogo priorizado, cuando no dispongan de alternativa incluida en el catálogo.

2. Desde el día 17 de enero de 2011, las oficinas de farmacia no podrán dispensar a través de receta oficial del Servicio Gallego de Salud un medicamento que no figure en el catálogo priorizado, salvo en las situaciones autorizadas de necesidad terapéutica, de conformidad con el artículo 4.º.3 de la Ley 12/2010, de 23 de diciembre. No obstante, del 17 al 31 de enero de 2011, la/el farmacéutica/o podrá sustituir el medicamento prescrito por otro medicamento genérico de los que se encuentren incluidos en el mismo conjunto de intercambio del catálogo.

3. A partir del 1 de febrero de 2011, el catálogo producirá todos sus efectos, para la dispensación de medicamentos y productos sanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

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