ORDEN EDU/1670/2010, DE 3 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EDU/2265/2009, DE 14 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LOS PREMIOS EXTRAORDINARIOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
Por Orden EDU/2265/2009, de 14 de diciembre (B.O.C. y L., n.º 242, de 18 de diciembre), se establecieron las bases reguladoras de los premios Extraordinarios de Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
Vista la necesidad de adecuar lo dispuesto en el artículo 2.1. b) de la referida Orden de bases a lo establecido en la Orden EDU/2169/2008, de 15 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen enseñanzas de formación profesional inicial en la Comunidad de Castilla y León, así como la necesidad de modificar el artículo 3.2 de la citada Orden con la finalidad de propiciar que el premio que se otorgue a los candidatos seleccionados pueda consistir en una entrega pecuniaria o en especie, procede efectuar los mencionados cambios.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículo 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001 , de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
Artículo único.- Modificación de la Orden EDU/2265/2009, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
La Orden EDU/2265/2009, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, queda modificada como sigue:
Uno. El párrafo b) del apartado 1 del artículo 2 queda redacto del siguiente modo:
b) Haber obtenido como calificación final una puntuación igual o superior a 8,50 puntos. La calificación final del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica y el resultado se consignará con dos cifras decimales. No se tendrán en cuenta las calificaciones de apto, exento o convalidado en el cálculo de la calificación final del ciclo.
Dos. El apartado 2 del artículo 3 queda redactado del siguiente modo:
2. La dotación máxima de cada premio extraordinario será de 600 euros, en metálico o en especie, de acuerdo con lo que determine la convocatoria anual. Asimismo los alumnos premiados recibirán un diploma acreditativo de la distinción, que será anotada en su expediente académico.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.