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Estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia

15/10/2010
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Se convocan trece becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, y para llevar a cabo trabajos de asistencia y soporte a las actividades del Centro.

BASES REGULADORAS

-1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es conceder trece becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia y para llevar a cabo tareas de asistencia y soporte a las actividades del centro, que se publican en el anexo 2.

-2 Finalidad

Las becas de colaboración tienen por finalidad el aumento de la formación teórico-práctica y la preparación profesional de los estudiantes seleccionados mediante la realización de tareas de soporte a las actividades de formación y de investigación en materias propias del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, bajo la tutoría de la persona que se designe.

-3 Destinatarios

Pueden solicitar estas becas de colaboración las personas que tengan el perfil para ser adjudicatarios de algunas de las becas que se describen en el anexo 2 de esta Orden, y que tengan el nivel de suficiencia en lengua catalana (nivel C o equivalente).

-4 Duración y lugar de realización

El período de colaboración se iniciará el 17 de enero de 2011 y finalizará el 23 de diciembre de 2011, y se dispondrá de un mes de descanso no computable a efectos económicos. La colaboración consiste en la ejecución de las tareas asignadas en las dependencias del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, durante cinco horas diarias, en régimen de mañana y/o tarde en función de las necesidades del Centro, de lunes a viernes.

-5 Dotación económica

Cada beca tiene una dotación económica de 750 euros mensuales y se hará efectiva a meses vencidos a excepción de los meses incumplidos que se pagarán prorrateadamente a la colaboración, y el mes de descanso no computará económicamente. A estos importes les serán aplicables la retención correspondiente del IRPF.

-6 Derechos y obligaciones de los adjudicatarios

6.1 Los adjudicatarios de las becas tienen derecho al seguimiento personalizado de su tarea mediante la tutoría que se designe, a recibir el certificado del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada relativo a la colaboración prestada y a disfrutar individualmente de una póliza de seguros de accidente que subscribirá este organismo. Los riesgos cubiertos serán los accidentes derivados de la prestación de su colaboración en las instalaciones del Centro y los accidentes in itinere.

6.2 Los adjudicatarios estarán obligados a asistir a las actividades formativas organizadas por el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada que se señalen, a colaborar en las tareas asignadas, a elaborar y librar una memoria sobre sus actividades y trabajos específicos que les sean asignados y a ceder los derechos de explotación de los estudios efectuados al Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

6.3 Los adjudicatarios estarán obligados a cumplir las normas de funcionamiento normal de la entidad, a seguir las instrucciones dadas por sus tutores y otro personal del centro y a tratar con respeto a los usuarios y al personal del centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

6.4 Los adjudicatarios estarán obligados a desarrollar el trabajo asignado con interés, participación activa, eficacia y eficiencia valorados por su tutor.

6.5 Los adjudicatarios han de respetar la confidencialidad de los datos y de los expedientes a los que tengan acceso en la realización de las labores de colaboración.

6.6 Los adjudicatarios también estarán obligados a facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes. Así mismo, están obligados a cumplir lo que establece el artículo 14 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

-7 Solicitudes y documentación

Para participar en esta convocatoria los aspirantes han de presentar una solicitud dirigida a la directora del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, que se podrá descargar desde la web www.gencat.cat/justicia/cejfe, sin prejuicio de hacer uso del resto de medios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, especificando obligatoriamente la modalidad a la cual se presentan. Se deberá adjuntar la documentación siguiente:

Currículum y fotocopia del DNI.

Memoria, no superior a tres páginas, donde se indiquen los motivos que llevan al aspirante a solicitar la adjudicación de una beca de colaboración y especificando obligatoriamente la modalidad a la que se presentan.

Fotocopia compulsada del expediente académico.

Documentos acreditativos del conocimiento de lengua catalana (nivel C o equivalente) y de idiomas.

Declaración jurada de no encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y de cumplir lo especificado en el artículo 14 de la misma ley.

La presentación de la solicitud de la ayuda por parte de la persona interesada comportará la autorización al CEJFE para obtener los certificados o verificar los datos necesarios para la tramitación de la beca a emitir por otras administraciones o entidades públicas. Si la persona solicitante deniega de forma expresa la autorización citada, mediante el impreso de solicitud, tendrá que aportar el/los certificado/s correspondiente/s.

El Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada puede solicitar a los adjudicatarios la aportación de documentos complementarios a los presentados con la solicitud.

-8 Lugar y plazo de presentación de las solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar en el Registro del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada (c. Ausiàs Marc, 40, 08010 Barcelona) o bien se pueden remitir por cualquiera de los medios que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación es de un mes desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

-9 Incompatibilidad de la beca

Las becas de colaboración son incompatibles con cualquier otro tipo de ayuda o beca, salvo las que se obtengan para seguir los estudios principales.

-10 Selección de los aspirantes

Los aspirantes son seleccionados por una comisión de selección presidida por la directora del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o la persona en que delegue, la jefa del Área de Estudios y Formación de la Administración de Justicia, la jefa del Área de Investigación y Formación Social Criminológica, la jefa del Área de Gestión Administrativa y Soporte Técnico, el coordinador de Programas de Formación General y Directiva y el responsable de Nuevos Programas Formativos del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o las personas en las que se delegue.

La comisión de selección evaluará a los candidatos en dos fases. Los candidatos han de superar la puntuación mínima de la primera fase para acceder a la segunda. Por otra parte, es necesario superar la puntuación mínima de cada una de las fases para obtener la beca.

Los baremos de puntuación de cada una de las fases son las siguientes:

Fase 1: conocimientos acreditados.

Expediente académico, hasta 50 puntos.

Conocimiento del catalán (por encima de lo exigido en la convocatoria), hasta 5 puntos.

Conocimiento de otros idiomas, hasta 15 puntos.

Para superar la primera fase se debe obtener un mínimo de 30 puntos.

Fase 2: experiencia y otras características, aptitudes y habilidades.

Actividades laborales y otra experiencia práctica relacionada con el ámbito de esta convocatoria, hasta 10 puntos.

Conocimientos informáticos que se acreditarán mediante una prueba específica, o certificado medio de ACTIC, hasta 20 puntos.

Entrevista personal, hasta 40 puntos.

Para superar la segunda fase hace falta obtener una puntuación mínima de 40 puntos.

-11 Resolución del concurso

La comisión de selección, en vista de las solicitudes presentadas y de los méritos alegados, propondrá la adjudicación de las becas de colaboración en cada una de las cuatro modalidades. La directora del Centro emitirá la resolución de la adjudicación de las becas dentro de los treinta días hábiles a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la documentación. Esta resolución será notificada a los interesados y se publicará en el DOGC. En la propuesta y la resolución comentadas se podrá prever la designación de aspirantes suplentes.

La concesión de estas becas no implica ninguna forma de vinculación, ni laboral ni administrativa, entre la persona seleccionada y el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

-12 Aceptación de la beca

12.1 Los aspirantes seleccionados deberán formalizar la aceptación de la beca en el plazo de quince días naturales a partir de la notificación de la resolución de adjudicación mediante la firma de un documento donde se tienen que comprometer a cumplir las condiciones generales establecidas en estas bases y también las específicas que se incluyan en el documento mencionado, así como las que se establecen en el articulo 14 de la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

12.2 En caso de que la persona solicitante no hubiera autorizado al CEJFE para verificar el hecho de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente.

-13 Remuneración

El pago de las becas concedidas se realizará mensualmente, previa certificación de los tutores.

-14 Renuncia y revocación de la beca de colaboración

14.1 El incumplimiento de las obligaciones de los becarios puede comportar la resolución y el reintegro de la beca de colaboración.

14.2 En los supuestos de no aceptación o renuncia, por causas justificadas, de una beca de colaboración, la directora podrá adjudicarla en el importe que quede, dentro del orden establecido, a una de las personas que hayan sido designadas como suplentes en la resolución de adjudicación. En el caso de renuncia, habrá que reintegrar el importe recibido por la beca, excepto si se justifica que el becario ha cumplido con la finalidad por la cual se le había otorgado la beca.

-15 Recursos

La resolución sobre concesión de ayudas no agota la vía administrativa, y contra ésta se podrán interponer recurso de alzada ante la consejera de Justicia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que disponen los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

DESCRIPCIÓN DE LAS BECAS

Código: Formación.

Nivel de estudios: estudiantes de las universidades de Cataluña que estén cursando el último curso del graduado en criminología, el último curso de las diplomaturas, el segundo ciclo de las licenciaturas o que se hayan licenciado el año de la convocatoria en psicología de las organizaciones, pedagogía, psicopedagogía, sociología, derecho o cualquier otra que sea de interés para la organización.

Número de becas: 7.

Código: Investigación.

Nivel de estudios: estudiantes de las universidades de Cataluña que estén cursando el último curso del graduado en criminología, el último curso de las diplomaturas, el segundo ciclo de las licenciaturas o que se hayan licenciado el año de la convocatoria en psicología de las organizaciones, pedagogía, psicopedagogía, sociología, derecho o cualquier otra que sea de interés para la organización. También tienen acceso los estudiantes de tercero y cuarto de los títulos de grado y de master o postgrado oficiales de los ámbitos de formación señalados anteriormente.

Número de becas: 3.

Código: Gestión económica y administrativa.

Nivel de estudios: estudiantes de las universidades de Cataluña que estén cursando el último curso de la diplomatura en gestión y administración pública, el segundo ciclo de las licenciaturas o que se hayan licenciado el año de la convocatoria en economía, ciencias empresariales, ciencias políticas y de la administración, derecho, matemáticas, protocolo, ciclos formativos superiores de Administración o cualquiera otra que sea de interés para la organización.

Número de becas: 2.

Código: Biblioteconomía y catalogación

Nivel de estudios: estudiantes de les universidades de Cataluña que estén cursando el grado de información y documentación, la diplomatura de biblioteconomía y documentación o licenciatura en documentación. También podrán solicitar la beca los graduados, licenciados y diplomados en alguna de estas especialidades que hayan obtenido el grado, la diplomatura y/o licenciatura en los dos años anteriores a la fecha de la publicación de la convocatoria.

Número de becas: 1.

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