RESOLUCIÓN DE 12 DE AGOSTO DE 2010, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA IGUALDAD, POR LA QUE SE MODIFICA LA DEL 26 DE MARZO DE 2010 POR LA QUE SE REGULAN LAS BASES Y SE CONVOCAN AYUDAS PERIÓDICAS DE APOYO A MUJERES QUE SUFREN VIOLENCIA DE GÉNERO.
En el Diario Oficial de Galicia de 31 de marzo de 2010 se publicó la resolución de 26 de marzo de 2010, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se regulan las bases y se convocan ayudas periódicas de apoyo a mujeres que sufren violencia de género.
En el artículo 3 de dicha resolución se establece que el crédito asignado para atender las solicitudes que se aprueben, que se imputan a la aplicación presupuestaria 04.40.313D.480.0, asciende a 900.000 euros para el ejercicio 2010 y que se reservan 630.000 euros del año 2011 para el financiamiento de las ayudas que, por su duración, generan derechos económicos de las beneficiarias durante el ejercicio siguiente. Este crédito, según lo establecido en dicho artículo, podrá ser ampliado cuando el aumento venga derivado de su previsión legal o de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2.º del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia
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A través de una transferencia de crédito se incrementó la partida destinada a estas ayudas con el fin de atender a todas las mujeres víctimas de violencia de género que se encuentren incluidas en el ámbito de aplicación de la convocatoria y que lo soliciten, por lo que es necesario acordar la ampliación de la dotación presupuestaria prevista.
Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que tengo atribuidas, dispongo:
Artículo único.
Primero.-Se amplían los créditos asignados en las bases reguladoras de las ayudas económicas de carácter periódico de apoyo a las mujeres que sufren violencia de género en la cuantía de 578.821 euros para el ejercicio corriente, con cargo a la partida presupuestaria 04.40.313D.480.0, quedando asignado un crédito de 1.478.821 euros para la anualidad 2010.
Segundo.-Esta modificación no afecta al plazo establecido en la referida resolución para la presentación de solicitudes.
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.