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Premios a la Calidad e Innovación en la Administración

02/08/2010
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Orden 40/2010, de 20 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se modifica la Orden 8/2009, de 26 de febrero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se establecen las bases y se convocan para el año 2010 dos Premios a la Calidad e Innovación en la Administración del Gobierno de La Rioja en el marco del camino a la Excelencia que está siguiendo (BOR de 30 de julio de 2010) Texto completo.

ORDEN 40/2010, DE 20 DE JULIO, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y POLÍTICA LOCAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 8/2009, DE 26 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y POLÍTICA LOCAL, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES Y SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2010 DOS PREMIOS A LA CALIDAD E INNOVACIÓN EN LA ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA RIOJA EN EL MARCO DEL CAMINO A LA EXCELENCIA QUE ESTÁ SIGUIENDO

El 14 de julio de 2000, el Gobierno de La Rioja aprobó el Plan Estratégico de Calidad en el Gobierno de La Rioja que incluía como uno de sus objetivos la mejora continua de la calidad de los servicios que presta la Administración. A lo largo de estos años pasados se han ido desarrollando toda una serie de actuaciones tendentes al cumplimiento de dicho objetivo. Continuando en esta línea el Plan Estratégico para la Excelencia en el Gobierno de La Rioja 2008-2011 define las distintas etapas del camino hacia la Excelencia y marca los objetivos e indicadores para cada una de ellas con el fin último de lograr una Rioja excelente y para ello una Administración excelente.

Esta competencia se concreta en el artículo 8 del Decreto 31/2009, de 30 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja Vínculo a legislación. En el artículo 8.2.2, f) señala que corresponde al Secretario General Técnico: "Impulsar y coordinar los procesos orientados a la mejora de la calidad de los servicios públicos y la reducción de cargas administrativas."

La situación actual de crisis económica ha desencadenado una reducción de los recursos disponibles en las partidas presupuestarias que en la anterior Orden hacían posible asumir los premios con dotación económica. Este marco obliga de modo comprensivo al planteamiento de la convocatoria de los premios con solamente reconocimiento mediante diploma acreditativo. Ello no debe constituir un obstáculo para seguir manteniéndolos como reconocimientos efectivos a los esfuerzos realizados en materia de Calidad e Innovación. Todo ello confiando en la seguridad de que las unidades de la Administración del Gobierno de La Rioja siguen apostando cada vez más con mayor intensidad si cabe para innovar y mejorar la calidad de los servicios que prestan a los ciudadanos.

De acuerdo con las funciones asignadas y mediante la convocatoria de dos premios, para incentivar y reconocer las mejores experiencias, se pretende promover el intercambio de las mismas dentro de la organización Gobierno de La Rioja y estimular la mejora continua.

Esta Consejería conforme a las facultades que la legislación vigente le atribuye

Dispone

Artículo primero. Modificación de la Orden 8/2009, de 26 de febrero de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local por la que se establecen las bases y se convocan para el año 2010 dos Premios a la Calidad e Innovación en la Administración del Gobierno de La Rioja en el marco del camino a la Excelencia que está siguiendo.

La Orden 8/2009, de 26 de febrero de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, queda modificada como sigue:

Uno. El artículo 1 queda redactado del siguiente modo:

"La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar para el año 2010 dos premios a la Calidad e Innovación con el objetivo de:

1. Reconocer y premiar a los grupos de mejora que de una manera innovadora y/o relevante hayan contribuido a enriquecer y hacer más eficaz la prestación de los servicios a los ciudadanos y a los propios empleados públicos, a mejorar la gestión de la calidad, y a fomentar su difusión.

2. Extender las mejores prácticas en la gestión y ofrecérselas a todas las unidades y órganos del Gobierno como un marco orientador adecuado que ayude a mejorar los servicios públicos de una manera eficaz.

3. Buscar un referente común de valores, conceptos y procedimientos que permitan el intercambio de experiencias y estimule la mejora continua.

4. Facilitar la difusión de las buenas prácticas de gestión de la mejora y de los beneficios asociados al empleo de modelos de gestión de la calidad".

Dos. El artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

1. "Cada uno de los proyectos ganadores recibirá un diploma acreditativo.

2. El Jurado podrá otorgar un diploma acreditativo de mención honorífica, hasta un máximo de dos, a las candidaturas que adquieran la condición de finalistas, tras la primera fase del proceso de evaluación.

3. El Jurado podrá dejar desierto alguno de los premios".

Tres. Los apartados 1 y 2 del artículo 5 quedan redactados del siguiente modo:

1. "El plazo de presentación de las solicitudes se determinará para cada convocatoria mediante resolución del titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones públicas y Política Local.

2. En el año 2010, el plazo para la presentación de solicitudes finará el 31 de agosto".

Cuatro. Se suprime el apartado 5 del artículo 11.

Cinco. Se suprime el apartado 2 del artículo 13.

Artículo segundo. Presentación de candidaturas y pautas.

En cuanto a la forma de presentación de solicitudes al premio y a las pautas para la preparación de las candidaturas, se estará a lo establecido en la Orden 8/2009, de 26 de febrero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se establecen las bases y se convocan para el año 2009 dos Premios a la Calidad e Innovación en la Administración del Gobierno de La Rioja en el marco del camino a la Excelencia que esta siguiendo. (B.O.R. n.º 32, de 9 de marzo de 2009).

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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