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  • EDICIÓN DE 14/07/2010
 
 

URALITA es condenada a indemnizar a 45 vecinos de los municipios en los que tenía una explotación industrial por las lesiones pulmonares que padecen, como consecuencia del amianto utilizado en la elaboración de fibrocemento

14/07/2010
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El Juzgado de 1.ª Instancia N.º 46 de Madrid ha estimado la acción de reclamación de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual instada por los vecinos de dos municipios en los que la demandada -URALITA- tenía una explotación industrial dedicada a la elaboración de fibrocemento a partir del amianto, como consecuencia de las lesiones que éstos padecen en el aparato respiratorio y que, en ocasiones, han conducido al fallecimiento. Aprecia el Juez que aunque cuantitativamente los humos y gases emitidos por la factoría de URALITA, pudieran respetar los niveles de contaminación reglamentariamente asumidos, lo cierto es que cualitativamente fueron nocivos y causaron daños a terceras personas totalmente ajenas a la explotación industrial, sin que se haya desvirtuado lo declarado por diversos testigos en el juicio oral, en el sentido de afirmar que la emisión de polvo de asbesto salía de la fábrica sin ningún tipo de control. Constatada la conducta dañosa, el Juez concluye que la causa eficiente de los padecimientos de los demandantes, o de sus familiares fallecidos, es la actividad industrial realizada en la factoría de la demandada desde 1907, habiendo sido los medios de transmisión causantes de tales padecimientos, entre otros, las emisiones de la fábrica en forma de polvo asbesto o la manipulación de ropa por parte de sus familiares en sus domicilios. Como consecuencia de lo anterior, URALITA es condenada a abonar a 45 de los vecinos demandantes una indemnización, cuya cuantía total asciende a 3.918.594.64 euros.

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