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  • EDICIÓN DE 14/12/2009
 
 

Comité Director para el impulso del III Plan Andaluz sobre Drogas

14/12/2009
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Orden de 18 de noviembre de 2009, por la que se crea el Comité Director para el impulso y de coordinación de la elaboración del III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones (BOJA de 11 de diciembre de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009, POR LA QUE SE CREA EL COMITÉ DIRECTOR PARA EL IMPULSO Y DE COORDINACIÓN DE LA ELABORACIÓN DEL III PLAN ANDALUZ SOBRE DROGAS Y ADICCIONES.

El artículo 29.1 Vínculo a legislación de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en materia de Drogas, encomienda al Consejo de Gobierno la aprobación de un Plan Andaluz sobre Drogas en el que se contendrán todas las actuaciones preventivas, de atención e incorporación social a desarrollar de forma coordinada por las distintas Administraciones Públicas Andaluzas y por las entidades colaboradoras, incidiendo especialmente en la problemática derivada del consumo de bebidas alcohólicas.

El Decreto 209/2002 Vínculo a legislación, de 23 de julio, aprobó el II Plan sobre Drogas y Adicciones de cuya evaluación, realizada a lo largo de 2007 y 2008, se concluye que se han cumplido en gran medida los objetivos planteados por el mismo. Así, se ha producido un importante incremento en los programas preventivos, asistenciales y de incorporación social, la puesta en marcha de Sistemas de Información que permiten un mejor conocimiento de la realidad para la planificación y la evaluación, así como una mejora de la calidad en la atención.

Sin embargo, las drogodependencias constituyen un fenómeno cambiante que precisa de la revisión continua de las actuaciones y del establecimiento de nuevas estrategias en función de las necesidades detectadas.

En consecuencia, esta Consejería ha considerado necesaria la creación del III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones 2010-2016.

Por todo ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 44.2 Vínculo a legislación y 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Directora General de Servicios Sociales y Atención a las Drogodependencias,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la creación de un Comité Director para la coordinación y el impulso de la elaboración del III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones 2010-2016.

Artículo 2. Composición del Comité Director.

1. Se crea un Comité Director que estará integrado por las siguientes personas, o aquellas en quienes deleguen:

a) Titular de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, que ostentará la Presidencia.

b) Titular de la Viceconsejería para la Igualdad y Bienestar Social, que ostentará la Vicepresidencia Primera.

c) Titular de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a las Drogodependencias, que ostentará la Vicepresidencia Segunda.

d) Una persona en representación de la Consejería de Gobernación.

e) Una persona en representación de la Consejería de Educación.

f) Una persona en representación de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

g) Una persona en representación de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

h) Una persona en representación de la Consejería de Empleo.

i) Una persona en representación de la Consejería de Salud.

j) Titular de la Dirección General de Infancia y Familias.

k) Titular de la Dirección General de Personas Mayores.

l) Titular de la Dirección General de Personas con Discapacidad.

m) Titular de la Dirección General de Violencia de Género.

n) Titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.

o) Titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Juventud.

p) Titular de la Dirección Gerencia de la Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental.

q) Titular de la Dirección Gerencia de la Fundación para la Atención e Incorporación Social.

r) Titular de la Dirección Gerencia de la Fundación Andaluza de Servicios Sociales.

s) Una persona funcionaria en representación de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a las Drogodependencias, que ostentará la Secretaría. Su designación y cese corresponde a la Presidencia del Comité Director.

2. Las personas representantes de otras Consejerías de la Junta de Andalucía tendrán rango, al menos, de Director/a General.

3. Las personas suplentes de los miembros del Comité serán designadas conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 3. Funciones.

1. Será función de este Comité Director el encargo de ejecución de los trabajos y estudios previos para la elaboración del III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones 2010-2016.

2. El Comité Director hará entrega de un documento que contendrá una propuesta de Plan para su aprobación por el Consejo de Gobierno.

Artículo 4. Funcionamiento.

1. El régimen jurídico aplicable al Comité Director será el establecido por el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992 Vínculo a legislación, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Para el cumplimiento de las funciones que tiene asignadas, el Comité Director podrá constituir grupos específicos de trabajo, cuya composición y funcionamiento serán determinados por el propio Comité.

Disposición adicional única. Plazo de constitución y presentación de trabajos.

El Comité Director se constituirá en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Orden, debiendo presentar el documento que contenga una propuesta de Plan en el plazo máximo de un año a partir de su constitución.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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