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Modificación de las relaciones de puestos de trabajo

07/08/2009
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Decreto 182/2009, de 31 de julio, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) (DOE de 6 de agosto de 2009). Texto completo.

DECRETO 182/2009, DE 31 DE JULIO, POR EL QUE SE MODIFICAN LAS RELACIONES DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL FUNCIONARIO Y DE PERSONAL LABORAL DEL SERVICIO EXTREMEÑO DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA (SEPAD)

La Ley 7/2007 Vínculo a legislación, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este mismo sentido, el Decreto Legislativo 1/1990 Vínculo a legislación, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por Ley 1/2008 Vínculo a legislación, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, se crea el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, en adelante SEPAD, como Ente Público adscrito a la Consejería de Sanidad y Dependencia, con las facultades determinadas en dicha Ley, y con el fin de ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006 Vínculo a legislación, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de atención a personas con discapacidad y mayores. Como consecuencia de lo anterior, mediante Decreto 222/2008 Vínculo a legislación, de 24 de octubre, se aprueban los Estatutos del SEPAD y por Decreto 22/2009, de 13 de febrero, se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia.

En la línea de seguir desarrollando cuantas actuaciones requiere la Ley 39/2006 Vínculo a legislación, de 14 de diciembre, y avanzando en el diseño de un espacio sociosanitario integrado y de calidad y de una mayor oferta a los ciudadanos en el acceso a los recursos, se prevé la apertura en 2009 de un nuevo Centro de Atención a la Dependencia en la localidad de Villafranca de los Barros y de un Centro de Día en la de Moraleja.

Para la puesta en marcha y funcionamiento de los mencionados Centros se hace necesario modificar las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) con el fin de dotarlos de los efectivos de personal necesarios.

En total se prevé la creación de 141 puestos de trabajo, de éstos, 128 estarán adscritos al Centro de Atención a la Dependencia de Villafranca de los Barros, de los cuales 3 serían de personal funcionario y 125 de personal laboral; y 13 puestos de personal laboral lo estarían al Centro de Día de Moraleja.

De conformidad con el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo, en relación con el apartado 1 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, el órgano competente para aprobar las relaciones de puestos de trabajo es el Consejo de Gobierno.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de Trabajo, previa negociación en la Mesa Sectorial de Administración General y en la Comisión Paritaria del V Convenio Colectivo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 31 de julio de 2009, D I S P O N G O :

Artículo 1. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Consejería de Sanidad y Dependencia, Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), según figura en el Anexo I para la creación de puestos de trabajo.

Artículo 2. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.

Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Sanidad y Dependencia, Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), según figura en el Anexo II para la creación de puestos de trabajo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

(ANEXOS OMITIDOS)

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