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Reglamento de la Denominación de Origen de Vinos "La Gomera"

28/07/2009
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Orden de 21 de julio de 2009, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen de Vinos "La Gomera" (BOC de 27 de julio de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 21 DE JULIO DE 2009, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN DE VINOS "LA GOMERA".

Las Denominaciones de Origen, desde el punto de vista material o sustantivo, consisten en un nombre geográfico que designa un producto proveniente del área territorial identificada por ese nombre y que posee cualidades diferenciales debidas primordialmente al medio geográfico, incluidos los factores naturales y humanos del territorio correspondiente.

La Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 10 de diciembre de 2003 (B.O.C. n.º 243, de 15.12.03), reconoce la Denominación de Origen de Vinos "La Gomera" para los vinos producidos en la isla.

El Decreto 146/2007 Vínculo a legislación, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias, establece la adaptación de los actuales Consejos Reguladores al nuevo régimen jurídico que se establece en dicho Decreto. A tal fin en la Disposición Adicional Única en sus apartados 1 y 5 establece:

"1. En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este Decreto, los Consejos Reguladores existentes, presentarán, ante el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, y previa aprobación por mayoría absoluta de los miembros del Pleno con derecho a voto, un proyecto de reglamento del vino de la denominación de origen que gestionan, así como un proyecto de estatutos del Consejo Regulador."

"5. Tras la cumplimentación de los trámites preceptivos, se procederá a la aprobación de los respectivos reglamentos y estatutos, por la Consejería de la Comunidad Autónoma de Canarias competente en materia de agricultura."

Por parte del Consejo Regulador se procedió a la aprobación de un proyecto de reglamento del vino de la denominación de origen que gestionan, así como de un proyecto de estatutos del Consejo Regulador.

En lo que se refiere al proyecto de estatutos del Consejo Regulador, y de conformidad con el artículo 5 del citado Reglamento de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias y previa verificación de su legalidad, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación aprobó los estatutos de cada Consejo Regulador, mediante Orden de 31 de enero de 2008, que se publicó en el Boletín Oficial de Canarias de 13 de febrero de 2008.

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen de Vinos "La Gomera" presentó para su aprobación un proyecto de reglamento de la Denominación con el fin de adaptarse al nuevo régimen jurídico surgido tras la aprobación de la Ley estatal 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y el Vino (B.O.E. n.º 165, de 11.7.03), la Ley autonómica 10/2006, de 11 de diciembre, de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias (B.O.C. n.º 243, de 18.12.06), y el Decreto 146/2007 Vínculo a legislación, de 24 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias (B.O.C. n.º 118, de 14.6.07), al tiempo que se amplían las variedades de vid aptas, y se modifican las características físico-químicas y organolépticas de los vinos amparados, además de otras cuestiones técnicas.

En su virtud, a propuesta del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria,

DISPONGO:

Artículo único.- Aprobar el Reglamento de la Denominación de Origen de Vinos "La Gomera" que figura como anexo a esta Orden.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Los artículos 6.1, 9, 12 y 13 del reglamento anexo, tendrán efectos retroactivos hasta el 11 de septiembre de 2007.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Queda derogada la Orden de 27 de abril por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen de Vinos "La Gomera" (B.O.C. n.º 88, de 11 de mayo).

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Anexos

Omitidos.

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