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Adscripción y funciones de los Negociados

30/06/2009
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Orden Foral 101/2009, de 22 de junio, del Consejero de Educación, por la que se modifica la Orden Foral 203/2007, de 11 de diciembre, del Consejero de educación, por la que establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación (BON de 29 de junio de 2009). Texto completo.

ORDEN FORAL 101/2009, DE 22 DE JUNIO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 203/2007, DE 11 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE ESTABLECEN LA ADSCRIPCIÓN Y FUNCIONES DE LOS NEGOCIADOS DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN.

La modificación de la estructura orgánica del Departamento de Educación por la reorganización de dos de los Servicios de la Dirección General de Ordenación, Calidad e Innovación, requiere adaptar la estructura existente de Negociados, así como sus funciones y adscripción.

La presente Orden Foral tiene por objeto, en consecuencia, la adaptación de la adscripción y funciones de los Negociados de los Servicios de Ordenación Académica y de Formación e Innovación Educativa de la aludida Dirección General.

En su virtud, y en aplicación del artículo 24.4 Vínculo a legislación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Se modifica el punto 1.º, que queda redactado con el siguiente contenido:

"1.º El Servicio de Ordenación Académica se estructura en los siguientes Negociados:

-Negociado de Ordenación.

-Negociado de Títulos y Convalidaciones.

-Negociado de Educación de Personas Adultas.

1.-Los Negociados de Ordenación y de Títulos y Convalidaciones se adscriben a la Sección de Ordenación y Títulos.

El Negociado de Educación de Personas Adultas se adscribe a la Sección de Educación de Personas Adultas.

2.-El Negociado de Ordenación ejercerá las siguientes funciones:

-Estudiar y proponer el desarrollo legislativo requerido por el sistema educativo vigente.

-Elaborar las propuestas de normativa académica y organizativa.

-Informar respecto a la adecuación de los textos y materiales didácticos a los currículos elaborados para Navarra.

-Revisar, catalogar y archivar la normativa educativa aprobada por las Administraciones educativas a nivel estatal y autonómico.

-Incluir los planes de estudio en el registro de enseñanzas regladas, así como su confección y custodia.

-Supervisar y controlar el desarrollo de los procesos de renovación y constitución de los Consejos Escolares.

-Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas, dentro de las asignadas a la Sección a la que está adscrito.

3.-El Negociado de Títulos y Convalidaciones ejercerá las siguientes funciones:

-Tramitar y resolver las propuestas de expedición de títulos académicos y profesionales formuladas por los Centros docentes.

-Expedir y distribuir los Títulos académicos y profesionales a los Centros escolares.

-Expedir certificaciones académicas.

-Tramitar y, en su caso, resolver los expedientes de homologación de títulos y convalidación de estudios.

-Llevar el Registro de Diplomas y Títulos.

-Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas, dentro de las asignadas a la Sección a la que está adscrito.

4.-El Negociado de Educación de Personas Adultas ejercerá las siguientes funciones:

-Gestionar, coordinar y realizar el seguimiento de las actividades dirigidas a las personas adultas.

-Elaborar y proponer al Departamento de Educación el desarrollo de la normativa referente a la educación de personas adultas.

-Aplicar y difundir la normativa y criterios correspondientes aprobados por el Departamento de Educación.

-Elaborar informes y propuestas que mejoren la organización y funcionamiento del Negociado y de los recursos educativos específicos para la atención de las personas adultas.

-Programar y proponer las actuaciones necesarias y los recursos y apoyos precisos para que los centros y zonas de educación de personas adultas puedan ajustar la respuesta educativa a las necesidades de las mismas.

-Promover medidas de carácter socio-educativo que faciliten la integración de inmigrantes y de personas en situación social desfavorecida.

-Desarrollar medidas y acciones de carácter educativo que favorezcan la integración social de las personas adultas con discapacidades.

-Fomentar la utilización de las Tecnologías de la Información y Comunicación como recurso didáctico.

-Contribuir al desarrollo de procesos de innovación educativa que se lleven a cabo en los centros y zonas.

-Elaborar la propuesta de formación anual para el profesorado de educación de personas adultas, en coordinación con el Servicio de Formación e Innovación Educativa.

-Colaborar con otros Servicios del Departamento de Educación en lo referente a la educación de personas adultas.

-Revisar, en coordinación con otros Servicios del Departamento de Educación, la calidad de la organización y funcionamiento de los centros y zonas de educación de personas adultas.

-Participar en la elaboración de proyectos de investigación sobre la educación de personas adultas.

-Promover y potenciar la colaboración y coordinación con otros Departamentos, entidades y organismos en relación con la atención a la formación permanente de las personas adultas.

-Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas, dentro de las asignadas a la Sección a la que está adscrito.

2.º Se modifica el punto 3.º, que queda redactado con el siguiente contenido:

"3.º El Servicio de Formación e Innovación Educativa se estructura en los siguientes Negociados:

-Negociado de Centros de Apoyo al Profesorado.

-Negociado de Programas de Formación.

-Negociado de Integración Curricular de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

-Negociado de Gestión de la Información Escolar.

-Negociado de Sistemas y Redes Educativas.

-Negociado de Programas de Innovación.

-Negociado de Recursos Didácticos.

-Negociado de Calidad Educativa.

-Negociado de Igualdad.

1.-Los Negociados de Centros de Apoyo al Profesorado y de Programas de Formación se adscriben a la Sección de Formación del Profesorado.

Los Negociados de Integración curricular de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, de Gestión de la Información Escolar y de Sistemas y Redes Educativas se adscriben a la Sección de Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Los Negociados de Programas de Innovación, de Recursos Didácticos, de Calidad Educativa y de Igualdad se adscriben a la Sección de Innovación Educativa.

2.-El Negociado de Centros de Apoyo al Profesorado ejercerá las siguientes funciones:

-Proponer normas e instrucciones para la organización y funcionamiento de los Centros de Apoyo al Profesorado.

-Coordinar la formación interna del personal de los Centros de Apoyo al Profesorado.

-Dirigir la evaluación del funcionamiento de los Centros de Apoyo al Profesorado.

-Elaborar y mantener, en colaboración con los Centros de Apoyo al Profesorado, un registro de actividades de formación, así como proponer instrucciones sobre registro y certificación de dichas actividades.

-Coordinar la base de datos común y coordinar la actuación de los Centros de Apoyo al Profesorado.

-Elaborar, seguir y proponer la resolución de convocatorias para la obtención de ayudas, permisos y licencias para la participación del profesorado en actividades de formación permanente.

-Gestionar la ejecución de los presupuestos dentro de los recursos asignados para el funcionamiento de la Red de Formación y realizar su seguimiento.

-Coordinar y hacer el seguimiento de los Grupos de Trabajo.

-Informar propuestas de creación, transformación, modificación de los Centros de Apoyo al Profesorado, así como de sus Extensiones.

-Colaborar con otros Negociados del Departamento de Educación cuando se determine.

-Cualesquiera otras que le sean asignadas, dentro de las correspondientes a la Sección a la que está adscrito.

3.-El negociado de Programas de Formación ejercerá las siguientes funciones:

-Impulsar y coordinar acciones que conduzcan a la evaluación y mejora de la calidad de la formación del profesorado.

-Impulsar y coordinar acciones que mejoren la calidad de los contenidos y procesos de formación del profesorado, a partir de una adecuada evaluación.

-Planificar el proceso de elaboración del Plan Anual de Formación del profesorado de la Comunidad Foral de Navarra y coordinar los equipos de trabajo constituidos al efecto.

-Analizar y valorar las condiciones en las que se desarrolla el Plan Anual de Formación del Profesorado y proponer medidas para su mejor desenvolvimiento.

-Planificar y gestionar el desarrollo de programas de formación que deban ser impulsados y desarrollados directamente desde la Sección de Formación del Profesorado.

-Gestionar los procedimientos administrativos correspondientes al desarrollo de actividades de formación del profesorado.

-Colaborar con otros Negociados del Departamento de Educación cuando se determine.

-Proponer el establecimiento de convenios de colaboración con centros e instituciones universitarias, para el desarrollo de la formación inicial y permanente del profesorado.

-Cualesquiera otras que le sean asignadas, dentro de las correspondientes a la Sección a la que está adscrito.

4.-El Negociado de Integración Curricular de las Tecnologías de la Información y la Comunicación ejercerá las siguientes funciones:

-Promover y potenciar el uso de las nuevas tecnologías en el sistema educativo y su integración en las áreas y materias curriculares.

-Coordinar a los asesores de Nuevas Tecnologías de los Centros de Apoyo al Profesorado.

-Promover la extensión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación a los centros educativos gestionando la red de asesores de Nuevas Tecnologías de los Centros de Apoyo al Profesorado.

-Gestionar y coordinar la modalidad de formación a distancia del profesorado en y con las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

-Promover, gestionar y coordinar la creación de contenidos educativos en Internet para su utilización por parte del alumnado de los centros educativos.

-Coordinar con otros Departamentos, con otras Comunidades Autónomas y con el Ministerio de Educación todas las cuestiones referentes a la Nuevas Tecnologías y la Educación.

-Cualesquiera otras que le sean asignadas, dentro de las correspondientes a la Sección a la que está adscrito.

5.-El Negociado de Gestión de la Información Escolar ejercerá las siguientes funciones:

-Desarrollar, mantener y actualizar las aplicaciones de gestión escolar para centros educativos de Enseñanzas no Universitarias.

-Realizar la recogida, depuración y explotación de la estadística educativa y participar en la coordinación con los institutos de estadística de Navarra y del Estado.

-Cualesquiera otras que le sean asignadas, dentro de las correspondientes a la Sección a la que está adscrito.

6.-El Negociado de Sistemas y Redes Educativas ejercerá las siguientes funciones:

-Realizar el mantenimiento, administración, gestión y desarrollo de sistemas, aplicaciones, servicios y conectividad del Programa de Nuevas Tecnologías y Educación.

-Responsabilizarse del mantenimiento, administración y desarrollo de los sistemas que dan soporte al programa de gestión de centros Educa.

-Planificar y mantener los sistemas de comunicaciones y el equipamiento informático de los centros educativos.

-Realizar el soporte y atención a los usuarios (centros educativos y profesorado) de los sistemas informáticos y de comunicaciones del Programa de Nuevas Tecnologías y Educación.

-Cualesquiera otras que le sean asignadas, dentro de las correspondientes a la Sección a la que está adscrito.

7.-El Negociado de Programas de Innovación ejercerá las siguientes funciones:

-Potenciar la integración de las innovaciones curriculares en las distintas etapas del sistema educativo y hacer su seguimiento.

-Proponer la autorización de programas educativos experimentales.

-Proponer y resolver convocatorias de ayuda para la creación y experimentación de nuevos proyectos didácticos.

-Promover acciones de Cooperación y Educación para el Desarrollo planificadas y de amplio impacto, en colaboración con otros agentes que trabajan en el área.

-Propiciar la coordinación entre las distintas instituciones y organizaciones que trabajan en el campo específico de la Educación en Valores y de Cooperación y la Educación para el Desarrollo.

-Proponer la suscripción de convenios de colaboración con instituciones y organizaciones que trabajan en el campo específico de la Educación en Valores y de la Cooperación y la Educación para el Desarrollo.

-Representar al Departamento de Educación en todas aquellas actuaciones y proyectos que se confíe al Negociado en relación con en el campo específico de la Educación en Valores y de Cooperación y la Educación para el Desarrollo.

-Gestionar la biblioteca del Departamento de Educación y coordinar el programa de bibliotecas escolares.

-Gestionar las convocatorias de actividades extraescolares y las subvenciones para su realización, así como las actividades promovidas por las asociaciones y federaciones de padres y madres y de alumnos.

-Diseñar programas de formación del profesorado en las áreas de Educación en Valores y de Cooperación y Educación para el Desarrollo y realizar el seguimiento de los mismos en colaboración con la Sección de Formación del Profesorado.

-Cualesquiera otras que le sean asignadas, dentro de las correspondientes a la Sección a la que está adscrito.

8.-El Negociado de Recursos Didácticos ejercerá las siguientes funciones:

-Proponer la edición de materiales didácticos de interés educativo.

-Difundir recursos educativos procedentes de los programas y proyectos de carácter innovador.

-Facilitar el conocimiento y difusión de los recursos didácticos existentes.

-Editar y difundir publicaciones de interés específico para Navarra.

-Gestionar la concesión de subvenciones a editoriales para la edición de materiales didácticos producidos o traducidos al vascuence.

-Publicar la legislación generada en el ámbito educativo.

-Cualesquiera otras que le sean asignadas, dentro de las correspondientes a la Sección a la que está adscrito.

9.-El Negociado de Calidad Educativa ejercerá las siguientes funciones:

-La extensión y, en su caso, la puesta en marcha de procesos de calidad en los centros educativos de la Comunidad Foral.

-Elaborar propuestas para incrementar la gestión de los propios centros a partir del incremento de su autonomía en la gestión de los recursos materiales y humanos, dentro de los procesos de calidad.

-El desarrollo de una acreditación de calidad adecuada a las organizaciones escolares incorporando indicadores referidos a competencias de aprendizaje en áreas instrumentales básicas.

-Colaborar con el Servicio de Inspección Educativa en los estudios de evaluación y calidad.

-La coordinación de los procesos de calidad con los de igualdad en materia de recursos humanos.

-La instrucción de los expedientes administrativos correspondientes a las materias que tiene atribuidas.

-Cualesquiera otras que se le encomienden dentro de su ámbito de gestión, para el adecuado cumplimiento de sus fines.

10.-El Negociado de Igualdad ejercerá las siguientes funciones:

-Cooperar con los restantes Departamento del gobierno de Navarra y otras Administraciones públicas en todos los aspectos referidos al seguimiento, evaluación y mejora de la integración de la igualdad en el sistema educativo.

-Cooperar con las Entidades Locales, para la incorporación del principio de igualdad y el enfoque de género en cuanto a las materias y ámbitos de sus competencias.

-Cooperar con las restantes Direcciones Generales del Departamento de Educación en cuanto al compromiso con el desarrollo transversal del principio de igualdad en el ejercicio de sus funciones.

-Impulsar la adecuación del sistema educativo al principio de igualdad incorporando la perspectiva coeducativa y el enfoque de género en los diferentes planes y programas garantizando la especialización, capacitación y orientación del personal técnico y docente.

-Sensibilizar a la comunidad escolar en cuanto a la necesidad de trabajar a favor de la igualdad de oportunidades desde todos los ámbitos: profesorado, familias, alumnado, centros, materiales, etc.

-Desarrollar y difundir criterios y materiales orientativos sobre la incorporación de la perspectiva coeducativa y el enfoque de género.

-Diseñar herramientas e indicadores de evaluación de la integración del enfoque de género y la perspectiva coeducativa.

-Incorporar el principio de igualdad en el ámbito universitario integrando el análisis de género en todas las disciplinas académicas especialmente en aquellas relacionadas con la formación del profesorado, la creación de postgrados específicos y la realización de estudios de investigaciones especializadas en la materia.

-Incluir la perspectiva de género en la elaboración de las estadísticas y estudios que se elaboren desde el Departamento de Educación.

-La instrucción de los expedientes administrativos correspondientes a las materias que tiene atribuidas.

-La coordinación con el Instituto Navarra para la Igualdad en dichas materias.

-Cualesquiera otras que se le encomienden dentro de su ámbito de gestión, para el adecuado cumplimiento de sus fines.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera.-Denominación de Servicios.

Todas las alusiones contenidas en la Orden Foral 203/2007 Vínculo a legislación, de 11 de diciembre, del Consejero de educación, por la que establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Educación, al Servicio de Ordenación e Innovación se entenderán referidas al Servicio de Ordenación Académica y las alusiones al Servicio de Calidad e Igualdad de Género referidas al de Formación e Innovación Educativa.

Disposición adicional segunda.-Nombramientos.

Se confirma en las mismas condiciones en que se produjo el nombramiento del Jefe del Negociado de Textos y Materiales Didácticos, que cambia su denominación por el de Jefe del Negociado de Recursos Didácticos, y el del Jefe de Negociado de Nuevas Tecnologías Aplicadas a la Educación, que cambia su denominación por el de Jefe del Negociado de Integración Curricular de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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