Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/05/2009
 
 

Programa de cualificación profesional inicial

22/05/2009
Compartir: 

Resolución de 17 de abril de 2009, de la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, por la que se aprueba el currículo de los módulos específicos correspondientes al perfil profesional de un programa de cualificación profesional inicial de la familia profesional de Vidrio y Cerámica (BOCAM de 21 de mayo de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 17 DE ABRIL DE 2009, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES, POR LA QUE SE APRUEBA EL CURRÍCULO DE LOS MÓDULOS ESPECÍFICOS CORRESPONDIENTES AL PERFIL PROFESIONAL DE UN PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL DE LA FAMILIA PROFESIONAL DE VIDRIO Y CERÁMICA.

Los programas de cualificación profesional inicial incluyen módulos obligatorios, que han de ser cursados por todos los alumnos que se incorporen a estas enseñanzas, y módulos voluntarios, que se realizarán por aquellos alumnos que, una vez superada la parte obligatoria, deseen obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Los primeros, a su vez, integran módulos formativos de carácter general, cuya finalidad es la de posibilitar la adquisición de las competencias básicas para proseguir estudios en las diferentes enseñanzas, y módulos específicos, destinados a formar al alumno en las competencias profesionales propias de una cualificación de nivel 1 de la estructura actual del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales establecido en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre.

La Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 24), ha definido el currículo de la Comunidad de Madrid para los módulos formativos de carácter general y determinado que compete a la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales establecer, mediante Resolución, el currículo de los módulos específicos de cada perfil profesional.

Por Resolución de 9 de mayo de 2008, esta Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales aprobó los currículos de catorce perfiles profesionales para su implantación en el curso 2008-2009, y posteriormente fueron ampliados con la aprobación de siete nuevos perfiles en las familias profesionales de “Edificación y Obra Civil” y “Textil, Confección y Piel”, mediante Resolución de 7 de julio de 2008; de “Artes Gráficas” y “Comercio y Marketing”, mediante Resolución de 31 de julio de 2008; y de “Industrias Alimentarias”, “Química” y “Servicios Socioculturales y a la Comunidad”, mediante Resolución de 10 de marzo de 2009.

En el apartado tercero de la citada Resolución de 9 de mayo de 2008 se establece que, a medida que por la evolución de las necesidades del sistema productivo se complete y actualice el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, se aprobarán nuevos perfiles y, si procede, se revisarán los ya aprobados con objeto de que sus módulos profesionales cumplan el requisito de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, previsto en el artículo 30.4 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ante las necesidades de planificación de esta oferta formativa, procede ahora ampliar el catálogo de perfiles profesionales de estas enseñanzas con la incorporación de los incluidos en esta norma.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias conferidas en al artículo 8.2 de la Orden 1797/2008, de 7 de abril, de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Primero

Objeto de la norma y ámbito de aplicación

1. Esta Resolución tiene por objeto aprobar un perfil profesional de programas de cualificación profesional inicial de la familia profesional de Vidrio y Cerámica y establecer el currículo de sus respectivos módulos específicos.

En cada currículo se incluyen:

- Los datos identificativos del perfil profesional.

- Las realizaciones y criterios de realización de las unidades de competencia que incluyen.

- Las capacidades, criterios de evaluación y contenidos de los módulos profesionales asociados a unidades de competencia que lo componen.

- Las capacidades y criterios de evaluación del módulo de formación en centros de trabajo.

- La organización académica y la distribución horaria semanal de los módulos específicos.

- El profesorado con competencia docente para impartir cada uno de los módulos profesionales.

- Los requisitos de espacios e instalaciones.

2. Dichos currículos son de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Perfil profesional que se aprueba

Se aprueba el siguiente perfil profesional:

- Familia profesional: Vidrio y Cerámica.

- Código: VICI01.

- Denominación del Programa de cualificación profesional inicial: Operaciones de reproducción manual o semiautomática de productos cerámicos.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana