ORDEN DE 23 DE MARZO DE 2009, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN ANUAL DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS.
El artículo 14 del Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 224/2005, de 18 de octubre, establece que por Orden de la Consejería de Salud se aprobará el Plan Anual de Inspección en el que se definirán los programas generales y específicos correspondientes, desarrollándose las funciones de acuerdo con este Plan.
En la elaboración del Plan se ha dado participación a los distintos órganos directivos de la Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, y Delegaciones Provinciales de Salud, habiéndoseles solicitado propuestas de actuación a incluir en el ejercicio 2009, que suponen una gran parte de los programas específicos que se van a desarrollar.
Las funciones atribuidas a la Inspección de Servicios Sanitarios en el Reglamento de Ordenación de la misma, determinan las actuaciones inspectoras que configuran el Plan Anual, definiéndose las actividades en virtud de las distintas materias que son competencia de la Inspección, cuales son los derechos y obligaciones de la ciudadanía en el ámbito sanitario, la prestación y atención sanitaria ofrecida por los centros, establecimientos y servicios sanitarios, la prestación farmacéutica, las prestaciones del sistema de Seguridad Social en el ámbito competencial de la comunidad autónoma, y en general la inspección del cumplimiento de la normativa sanitaria y calidad asistencial prestada. Las actividades realizadas en base a solicitudes de la ciudadanía u órganos competentes y reglamentariamente establecidas no son propiamente objetivos, sino previsiones de actividad, pero se incluyen en el Plan con objeto de dar transparencia a todas las actuaciones inspectoras y por suponer una importante carga de trabajo.
En su virtud, a propuesta de la Secretaria General Técnica, de conformidad con el artículo 14.1 del Decreto 224/2005, de 18 de octubre, y el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
DISPONGO
Artículo Único: Aprobar el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para 2009 que figura como Anexo a la presente Orden.
Disposición final primera: Facultar a la Secretaria General Técnica para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de los programas de inspección.
Disposición final segunda: La presente Orden tendrá efectividad a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficinal de la Junta de Andalucía.
ANEXO
PLAN ANUAL DE INSPECCIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS 2009
El Decreto 224/2005, de 18 de octubre, establece que anualmente se publicará el Plan de Inspección de Servicios Sanitarios por Orden del titular de la Consejería de Salud. Tal como se viene haciendo en los últimos años, se han planificado los objetivos de Inspección en el marco del II Plan de Calidad de la Consejería de Salud e intentando dar respuesta, en la medida que los recursos existentes lo permiten, a los distintos órganos de la Consejería y Servicio Andaluz de Salud y otras Instituciones cuyas competencias se relacionan con la actividad que la Inspección de Servicios Sanitarios lleva a cabo en virtud de las funciones que tiene asignadas, y que utilizando un lenguaje de gestión se podrían denominar clientes externos.
De acuerdo con las líneas estratégicas diseñadas por la Consejería de Salud y los diferentes tipos de proyectos que el Plan de Calidad enumera para la consecución de los objetivos previstos en el mismo, se han estructurado las líneas de actuación inspectora y los objetivos a desarrollar, describiendo los ámbitos de actuación sobre los que se proyectarán las actividades a realizar y el área o áreas de responsabilidad que dentro de la estructura de Inspección se encargarán de gestionar los procesos.
Las áreas de responsabilidad son:
I. Programa general de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.
II. Programa general de Inspección Farmacéutica.
III. Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
IV. Áreas de apoyo directo a la Subdirección.
Las líneas estratégicas que informan sobre las pautas y dirección que han de seguir las actuaciones definidas en las líneas de acción específicas son:
a) Línea estratégica dirigida a asumir necesidades y expectativas de la ciudadanía:
- Medidas de personalización.
- Relaciones con la ciudadanía.
- Nuevos canales de información a la ciudadanía.
b) Línea estratégica de garantía de calidad de los centros y servicios sanitarios:
- Calidad de los centros y profesionales sanitarios.
- Calidad de los servicios sanitarios prestados.
- Seguridad de los pacientes.
- Organización y Gestión.
c) Línea estratégica de garantía de calidad en las políticas de salud pública de los centros sanitarios:
- Prevención y promoción en centros y servicios.
- Intervención en hábitos saludables.
- Implicación de los profesionales en promoción de la salud y prevención.
d) Línea estratégica de Gestión del Conocimiento:
- Investigación y gestión del conocimiento
- Información y documentación.
e) Impulsar la innovación y modernización del sistema:
- Desarrollo de la estrategia digital del SSPA
LÍNEA ESTRATÉGICA DESTINADA A ASUMIR NECESIDADES Y EXPECTATIVAS DE LA CIUDADANÍA
- Medidas de personalización.
1.A. Aplicación del Consentimiento Informado:
Objetivos y contenido: Responde al compromiso de la Consejería de Salud con las líneas estratégicas para la Inspección de Servicios Sanitarios aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En concreto este objetivo corresponde a la línea estratégica número 1. Se evaluará la implantación y calidad del consentimiento informado escrito en las actuaciones sanitarias previstas en la ley 41/2002.
Ámbito de actuación: Se desarrollará tanto en el ámbito de A. Primaria como A. Especializada. Dado que es un programa de actuación conjunto, se llevará a cabo en coordinación con los demás servicios sanitarios del SNS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios
1.B. Implantación y Contenidos de la Carta de Derechos y Deberes:
Objetivos y contenido: Responde al compromiso de la Consejería de Salud con las líneas estratégicas para la Inspección de Servicios Sanitarios aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En concreto este objetivo corresponde a la línea estratégica número 2. Se evaluará la implantación y calidad de la guía o carta de servicios en la que estén contenidos los derechos y obligaciones de los usuarios, conforme a lo previsto en la ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Ámbito de actuación: Se desarrollará tanto en el ámbito de A. Primaria como A. Especializada. Dado que es un programa de actuación conjunto se llevará a cabo en coordinación con las demás servicios sanitarios del SNS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
- Relaciones con la ciudadanía.
2.A. Denuncias con relación a la atención sanitaria:
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias relativas al funcionamiento de centros, establecimientos y servicios sanitarios, prestaciones sanitarias y garantías reconocidas a la ciudadanía. Los informes se realizarán en el plazo acordado por la autoridad sanitaria, pudiendo solicitarse la autorización de prórrogas para su finalización, en función de la complejidad de la investigación necesaria para esclarecer los hechos denunciados.
Ámbito de actuación: Todos los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias interpuestas por la ciudadanía, entidades jurídicas o instituciones públicas, relativas a este objetivo.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal. Programa General de Inspección Farmacéutica.
2.B. Plan de Mejora de Atención al Usuario:
Objetivos y Contenido: Se continuará con el plan de mejora de la atención del usuario.
1. En el ámbito de la valoración de la incapacidad temporal será desarrollado por las Umvis e incluirá:
- Elaboración de la documentación y procedimientos que corresponden al área de trabajo de las Umvis, que incluyan actividades relativas a la mejora de la atención al usuario.
- Se continuará con la mejora de la atención personal y telefónica, a través de:
a) Realización de encuestas de satisfacción de usuarios.
b) Designación y señalización de un punto de servicio de atención e información al usuario en las Umvis.
c) Continuarán mejorándose los locales y mobiliario donde se ubican las Unidades médicas de valoración de incapacidades.
d) Dotación de sistemas informatizados de gestión de esperas en los locales de las Umvis.
2. De igual manera se efectuará, en el ámbito farmacéutico, la elaboración de encuestas de satisfacción dirigidas a los propietarios de establecimientos farmacéuticos, relativas a las actuaciones inspectoras realizadas.
3. Gestionar mejoras e implantar medidas a partir de la información aportada por los usuarios.
Ámbito de actuación: Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades. Usuarios de Umvis. Titulares de oficinas de farmacia.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal. Programa General de Inspección Farmacéutica.
- Nuevos canales de información a la ciudadanía.
3.A. Página web en el portal de la Consejería de Salud:
Objetivos y Contenidos: Facilitar el acceso al conocimiento de la normativa y gestión de la IT a toda la ciudadanía y el seguimiento de los expedientes correspondientes a las bajas laborales por incapacidad temporal a los usuarios de esta prestación. Publicación del apartado de Incapacidad Temporal en la página web de la Consejería de Salud sobre información general y normativa básica en esta materia, mediante acceso abierto, y a la información personal, mediante acceso restringido a través de la utilización de certificado digital. Actualización periódica de las modificaciones que procedan.
Ámbito de aplicación: Inspección Central de S. Sanitarios. Umvis. Servicio de Informática de la Consejería de Salud. Servicio Andaluz de Salud.
Área de responsabilidad: Programa General de Inspección de Incapacidad Temporal.
3.B. Diseño de un Plan de Comunicación sobre requisitos de centros, establecimientos y servicios sanitarios:
Objetivos y contenido: Se diseñará un plan de comunicación de requisitos exigibles para el funcionamiento de los diversos tipos de centros, establecimientos y unidades asistenciales. Entre los canales de comunicación se utilizará necesariamente internet, vía página web de la Consejería.
Ámbito de actuación: Se desarrollará en colaboración con los órganos y unidades competentes en la materia, e irá dirigido a la ciudadanía que precise autorizaciones de funcionamiento de centros, establecimiento y servicios sanitarios, o licencias de fabricación de productos sanitarios a medida.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica.
LÍNEA ESTRATÉGICA DESTINADA A GARANTIZAR LA CALIDAD EN LOS CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS
- Calidad de los centros y profesionales sanitarios.
4.A. Autorización de centros, establecimientos y servicios sanitarios, según Decreto 69/2008:
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de instalación, funcionamiento, modificación, renovación y cierre de centros, establecimientos y servicios sanitarios, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación. También se evaluará el cumplimiento de requisitos necesarios de los dispositivos sanitarios que soliciten el mantenimiento de autorización administrativa. Los informes se realizarán en un plazo máximo de 15 días para centros de baja y media complejidad, pudiendo prorrogarse hasta 30 días en los de alta complejidad.
Ámbito de actuación: Centros sanitarios públicos o privados, con o sin internamiento, y establecimientos y servicios sanitarios, que soliciten las autorizaciones administrativas preceptivas, de acuerdo con las normativas reglamentarias.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
4.B. Homologación de centros hospitalarios y suscripción de conciertos:
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios previos, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para los centros hospitalarios que soliciten la homologación. De igual manera se realizará la evaluación para la suscripción de convenios o conciertos con entidades públicas o privadas, que tengan por objeto la prestación de asistencia sanitaria en centros hospitalarios, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos necesarios.
Ámbito de actuación: Centros hospitalarios que soliciten homologación y aquellos con los que la Consejería de Salud vaya a convenir o concertar asistencia sanitaria.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
4.C. Autorización de Centros sanitarios de MATEPSS:
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios solicitados por la Administración de la Seguridad Social, relativos a la conformidad de instalación y funcionamiento de centros sanitarios propios o concertados por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación.
Ámbito de actuación: Centros sanitarios propios y concertados por Matepss, de los que se solicite informe por parte de la Administración de la Seguridad Social.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
4.D. Acreditación de Servicios de Prevención de Riesgos Laborales:
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios solicitados por la autoridad sanitaria competente, previos a la acreditación por la autoridad laboral, de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, en su vertiente sanitaria, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación.
Ámbito de actuación: Unidades de vigilancia de la salud de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales, que hayan solicitado su autorización por la autoridad laboral.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
4.E. Licencias de fabricación de productos sanitarios a medida.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico sanitarios en relación con la fabricación de productos sanitarios a medida de dispensación directa al público, de acuerdo con la normativa en vigor y las transferencias a la Comunidad Autónoma.
Ámbito de actuación: Informes solicitados por la Dirección General de Planificación y Financiación, en relación con las solicitudes de fabricación de productos ortoprotésicos y protésicos dentales.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
4.F. Autorización de Establecimientos sanitarios farmacéuticos. Control de Laboratorios farmacéuticos.
Objetivos y Contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de instalación, funcionamiento, modificación, renovación y cierre de establecimientos y servicios farmacéuticos, valorando la adecuación a la normativa vigente mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los protocolos de aplicación. Los informes se realizarán en un plazo máximo de 15 días para centros de baja y media complejidad, pudiendo prorrogarse hasta 30 días en los de alta complejidad.
Se inspeccionarán los laboratorios farmacéuticos que soliciten Certificados del cumplimiento de Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos (NCF). El plazo será de 30 días.
Ámbito de actuación: Establecimientos y servicios farmacéuticos, que soliciten las autorizaciones administrativas preceptivas, de acuerdo con las normativas reglamentarias. Laboratorios farmacéuticos, condicionado al correspondiente traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma, en materia de ejecución de la legislación sobre productos farmacéuticos.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
4.G. Control de Botiquines y Depósitos de medicamentos.
Objetivos y Contenido: Se comprobará el cumplimiento de las prescripciones legales relativas a la autorización y funcionamiento de los Depósitos de medicamentos en centros con y sin internamiento, así como Botiquines establecidos por la existencia de dificultades especiales de accesibilidad a una oficina de farmacia.
Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica
4.H. Control del cumplimiento de normativa sanitaria:
Objetivos y contenido: Se verificará tanto el cumplimiento de los requisitos normativos exigibles y la existencia de las autorizaciones administrativas preceptivas, así como la veracidad y adecuación normativa de la promoción y publicidad sanitaria.
Ámbito de actuación: Dadas las peculiaridades que pueden existir en cada territorio, cada Inspección Provincial fijará los centros a evaluar. Se utilizará como uno de los criterios más importantes para la selección, las denuncias habidas en años anteriores o en la actualidad, que puedan ser indicio de posibles irregularidades. En el ejercicio 2009 se priorizará la verificación del cumplimiento de la normativa en laboratorios de prótesis dentales, en su calidad de talleres de fabricación de productos sanitarios a medida, residencias para la tercera edad, unidades de Medicina del Trabajo/Vigilancia de la salud en Servicios de prevención ajenos, e irregularidades en establecimientos farmacéuticos que figurando como receptores de medicamentos en el sistema de información SEGUIMED no se encuentran registrados en Andalucía como Almacenes Mayoristas, Oficinas de Farmacia o Servicios de Farmacia.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica.
- Calidad de los servicios sanitarios prestados.
5.A. Control de Centros sanitarios de Estética:
Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de los requisitos legales exigidos a los centros sanitarios, así como la calidad y adecuación de los recursos personales, estructurales, de equipamiento y técnicos a la cartera de servicios ofertada por el centro.
Ámbito de actuación: Centros sanitarios de medicina y/o cirugía estética.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
5.B. Inspección y Evaluación de Centros de Tejidos:
Objetivos y contenido: Se verificará el cumplimiento de los requisitos legales y la aplicación de las medidas de control de calidad exigidas por el Real Decreto 1301/2006, de acuerdo al plan de inspecciones del Consejo Interterritorial del SNS, a través de la Comisión de Trasplantes y Medicina Regenerativa. La inspección implicará el examen, evaluación y verificación de cualquier infraestructura, equipamiento, información, documento o registro relacionado con lo regulado en el Real Decreto, utilizando la metodología de trabajo que se acuerde por parte de la ONT-Ministerio de Sanidad y Consumo. Además de estas inspecciones ordinarias, se desarrollarán las inspecciones extraordinarias que la autoridad competente de la comunidad autónoma acuerde, ante la presentación de un efecto o reacción adversa grave, o a petición de otro Estado miembro de la Unión Europea, de acuerdo a los canales reglamentariamente establecidos.
Ámbito de actuación: Centros de tejidos y Centros relacionados contractualmente con los mismos.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
5.C. Evaluación de la disponibilidad de equipamiento para Soporte Vital Avanzado.
Objetivos y contenido: Verificar el cumplimiento de determinados aspectos del Plan Integral de Atención de Cardiopatías en Andalucía (2005-2009). Entre los objetivos están:
1. Evaluar la disponibilidad de equipamiento de Soporte Vital Avanzado (SVA) en el SSPA.
2. Conocer la existencia de protocolos de reposición y mantenimiento del equipamiento y materiales usados en SVA.
3. Evaluar la existencia de protocolos específicos de atención a la parada cardiorrespiratoria.
Ámbito de actuación: En Atención primaria: Centros de Salud. En Atención especializada: Unidades de hospitalización, Bloques quirúrgicos, Servicios de Radiodiagnóstico y Paritorios.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
5.D. Evaluación de la Cartera de servicios de Urología:
Objetivos y contenido: Conocer la oferta asistencial de procedimientos básicos para la especialidad de Urología realizados en los hospitales del SSPA, según la complejidad del nivel asistencial de cada hospital, y valorar el cumplimiento de la cartera de servicios.
Ámbito de actuación: Hospitales del SSPA, niveles 1 y 2.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
5.E. Evaluación de Prestaciones complementarias concertadas:
Objetivos y contenido: Comprobar la adecuación de los establecimientos de ortopedia al Decreto 132/2006 de 4 de julio y verificar la calidad de los productos ortoprotésicos facilitados a los usuarios. Conocer si los materiales ortopédicos facilitados a los usuarios por las Ortopedias concertadas con el SAS guardan la relación calidad-precio convenida. Analizar trazabilidad.
Ámbito de actuación: Ortopedias
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
5.F. Control de Oficinas de farmacia:
Objetivos y Contenido: Se verificará el cumplimiento de la normativa aplicable a las oficinas de farmacia, así como de las condiciones establecidas en los Convenios entre el SAS y Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos en materia de dispensación de medicamentos, productos sanitarios y dietoterápicos, en los aspectos relativos a personal, local e instalaciones generales, horario de funcionamiento, adquisición, custodia, conservación, disponibilidad, dispensación de medicamentos, y en su caso, elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficinales.
Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica
5.G. Control de dispensación de fórmulas magistrales en oficinas de farmacia:
Objetivos y contenido: Se comprobará el cumplimiento de la normativa que regula la dispensación de las fórmulas magistrales en las oficinas de farmacia. De forma prioritaria se verificará que las fórmulas magistrales han sido prescritas al paciente cuyos datos de identificación constan en la receta y, que en esta, aparece el nombre y dos apellidos, fecha y firma de la persona que las retiró, de conformidad con lo acordado en el Anexo A del convenio por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica a través de oficinas de farmacia entre Servicio Andaluz de Salud y Consejo Andaluz de Colegios farmacéuticos.
Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
5.H. Control de la prescripción de medicamentos y productos sanitarios.
Objetivos y Contenido:
a) Colaboración en el uso racional de los medicamentos: En coordinación con los dispositivos asistenciales con competencia en la materia. Se incidirá en la detección de usos irregulares relacionados con la prescripción y uso de esta prestación.
Se inspeccionarán las prescripciones que, tras el análisis de la documentación consecuente con la inspección y control de oficinas de farmacia o denuncias referidas a este asunto presenten posibles irregularidades. Incidiéndose prioritariamente en aquellos facultativos desviados en sus indicadores de prescripción, cuyo control sea requerido por los correspondientes Directores Gerentes de Distritos de Atención Primaria, Directores Gerentes de hospitales y Dirección Gerencia del SAS o de las Delegaciones provinciales de Salud. Se prestará especial atención a aquellos facultativos hiperprescriptores o cuyas prescripciones de medicamentos calificables como VINE o novedades terapéuticas superen el porcentaje que se determine.
b) Control de medicamentos de posible utilización fraudulenta: Se comprobarán los criterios de prescripción de medicamentos previamente seleccionados susceptibles de abuso, uso presumiblemente fraudulento o con finalidad dopante en facultativos hiperprescriptores de los medicamentos seleccionados.
Ámbito de actuación: Facultativos de Atención Primaria y Atención Especializada del SSPA.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
5.I. Evaluación del Visado de recetas en Asistencia Especializada:
Objetivos y Contenido: Se comprobará en las Unidades de Visado de Asistencia Especializada el cumplimiento de la Circular 8/94 (9-11) del SAS, sobre gestión y control del visado de recetas del SNS en el ámbito del SAS. De forma prioritaria se verificará que el control del visado se realiza cuando en el informe clínico consta alguna de las indicaciones autorizadas en la ficha técnica del medicamento.
Ámbito de actuación: Servicios de Atención al Ciudadano en Asistencia Especializada.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
5.J. Prescripción de medicamentos en Asistencia Especializada:
Objetivos y Contenido: Se comprobará el cumplimiento de la Circular 6/96 (30-7) del SAS, sobre prescripción de recetas para la obtención de tratamientos instaurados en Asistencia Especializada.
Ámbito de actuación: Hospitales y Centros de Especialidades del SSPA.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
- Seguridad de los pacientes.
6.A. Control de dispensación de medicamentos sin receta:
Objetivos y contenido: Se comprobará el cumplimiento de la normativa que regula la dispensación de medicamentos con receta, especialmente en relación a antibióticos y medicamentos susceptibles de abuso, uso presumiblemente fraudulento o con finalidad dopante.
Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
6.B. Control de calidad de medicamentos en el mercado:
Objetivos y Contenido: Se colaborará con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para la ejecución en Andalucía de un programa de control de calidad de medicamentos en el mercado. Se procederá a la recogida de muestras, acondicionamiento y envío al laboratorio oficial de control de medicamentos de la AEMPS a efecto de su análisis.
Ámbito de actuación: Establecimientos sanitarios objeto del acuerdo de colaboración con la AEMPS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
6.C. Control de medicamentos falsificados
Objetivos y Contenido: Se colaborará con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en la ejecución de un programa de vigilancia e investigación que permita la detección precoz de medicamentos falsificados en Andalucía.
Ámbito de actuación: Adecuado al plan de inspección aprobado por el Comité Técnico de Inspección de la AEMPS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
6.D. Expedientes de Responsabilidad Patrimonial:
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios periciales necesarios para la tramitación de expedientes de responsabilidad patrimonial con ocasión de la asistencia sanitaria prestada. Se elaborará un registro, que permita el estudio y análisis de riesgos sanitarios, provenientes de la información extraída de los expedientes de responsabilidad patrimonial, coordinándolo con el Servicio Andaluz de Salud.
El tiempo medio de elaboración de los informes periciales no excederá de los 30 días.
Se potenciará el uso de los recursos de la biblioteca virtual del SSPA como apoyo a la actividad de elaboración de los informes técnicos.
Ámbito de actuación: Solicitudes del Servicio de Legislación, de acuerdo con la Orden de 1 de abril de 2005, de la Consejera de Salud, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de expedientes de responsabilidad patrimonial por o con ocasión de la asistencia sanitaria prestada en centros hospitalarios concertados por la Consejería de Salud. Solicitudes del Servicio de Coordinación de la Viceconsejería de Salud, relativos a hospitales generales y hospitales de alta resolución (HAR) gestionados por empresas públicas hospitalarias (EPH).
Área de responsabilidad: Área de gestión de informes de responsabilidad patrimonial.
- Organización y gestión.
7.A. Evaluación de la reordenación de la Asistencia Urgente y Continuidad asistencial:
Objetivos y contenido: Se evaluará la adecuación de la actividad hospitalaria realizada en horario de tarde (de 16 a 20 horas), en la modalidad de continuidad asistencial y en jornada complementaria, a las instrucciones emitidas o pactadas con los Servicios centrales del Servicio Andaluz de Salud para la reorganización de la asistencia urgente.
Ámbito de actuación: Servicios de Cirugía y Traumatología de Hospitales del SAS, grupo I y II.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
7.B. Evaluación de Consultas de Acto Único en Asistencia Especializada:
Objetivos y contenido: Se evaluará el grado de implantación de las consultas de acto único, su organización, y coordinación con los Servicios generales clínicos de apoyo u otros Servicios necesarios para el adecuado funcionamiento de esta modalidad de consulta.
Ámbito de actuación: Especialidades de Traumatología y Cirugía General en centros de Asistencia Especializada del SSPA.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
7.C. Evaluación de Reducciones de Jornada:
Objetivos y contenido: Se evaluará la inexistencia de incompatibilidades entre las reducciones de jornada solicitadas por los profesionales en los centros sanitarios y la dedicación de la misma a los supuestos legales reglamentados.
Ámbito de actuación: Centros sanitarios del SAS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios.
7.D. Inexistencia de medicamentos y productos sanitarios.
Objetivos y Contenido: Se comprobarán la falta de suministro no justificada de medicamentos que impidan la dispensación de las prescripciones de los facultativos andaluces. Se incidirá en las inexistencias de medicamentos y productos sanitarios no justificadas que puedan dificultar la aplicación del acuerdo entre el SAS y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales Farmacéuticos (COF), por el que se establecen precios máximos cuando el médico prescriba medicamentos o productos sanitarios sin indicar marca comercial concreta.
Ámbito de actuación: Establecimientos farmacéuticos.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
7.E. Control de dispensación de receta médica electrónica:
Objetivos y contenido: Se inspeccionará el cumplimiento de la normativa que regula la receta médica electrónica. De forma prioritaria se inspeccionarán aquellas Oficinas de Farmacia que tras dispensar prescripciones en receta médica electrónica retengan las correspondientes Hojas de Instrucciones para los pacientes y/o tarjetas sanitarias de los mismos, así como, aquellas otras en las que se detecte que en las Hojas Justificantes de las dispensaciones no constan todos los cupones precinto correspondientes a los medicamentos y productos sanitarios que se han dispensado y facturado por receta electrónica, o bien no coincida el código del producto dispensado en receta XXI con el correspondiente cupón precinto.
Ámbito de actuación: Oficinas de Farmacia.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
7.F. Colaboración en la gestión de IT con las Unidades de Gestión Clínicas de Atención Primaria.
Objetivos y Contenido: Evaluación de los objetivos relativos a los indicadores más utilizados en la IT, como la incidencia, prevalencia, duración media y desviaciones respecto a los Tiempos Estándar de los procesos de IT, en cada uno de los Distritos de Atención Primaria.
Ámbito de actuación: Distritos de At. Primaria del SAS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Incapacidad Temporal.
LÍNEA ESTRATÉGICA DESTINADA A GARANTIZAR LA CALIDAD EN LAS POLÍTICAS DE SALUD PÚBLICA EN CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS
- Prevención y promoción en centros y servicios.
8.A. Evaluación de la vacunación del Virus del Papiloma Humano:
Objetivos y Contenido: Comprobar la disponibilidad de vacunas, la disponibilidad de sistema de control de las dosis administradas y de sistema de registro de las vacunaciones realizadas, así como de la existencia de material específico de educación para la salud.
Ámbito de actuación: Puntos de vacunación.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios.
8.B. Evaluación de proyectos destinados a centros incluidos en el Plan de Alzheimer:
Objetivos y Contenido: Comprobar si, en las Unidades de Estancia Diurna Tipo I (UED) integradas en el Plan de Alzheimer, se desarrollan actividades por parte de los profesionales sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía, así como valorar la realización de estimulación cognitiva en las UED y Asociaciones de familiares de enfermos de Alzheimer (AFAS) integradas en el Plan de Alzheimer, a través de los psicólogos de las asociaciones y del material subvencionado por la Consejería de Salud.
Ámbito de actuación: UED y AFAS seleccionadas.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios
- Intervención en hábitos saludables.
9.A. Medidas sanitarias frente al tabaquismo en centros sanitarios.
Objetivos y contenido: En todas las actuaciones inspectoras, tanto en el sector público como en el privado, se vigilará en centros, establecimientos o servicios sanitarios el cumplimiento de la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, en lo relativo a venta, consumo, publicidad. En caso de detección de incumplimiento se elevará acta de inspección, dándose copia a la dirección del centro sanitario y remitiéndose la misma al Delegado Provincial de Salud correspondiente. Se elaborarán estadísticas, referentes a las actuaciones inspectoras en esta materia.
Ámbito de actuación: Todos los Centros sanitarios visitados públicos o privados con motivo de cualquier actuación inspectora.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios. Programa general de Inspección farmacéutica.
- Implicación de los profesionales en promoción de la salud y prevención.
10.A. Utilización de nuevos partes judiciales en especial en lo referente a la violencia de género.
Objetivos y contenido: Verificación del grado de utilización y conocimiento por parte de los profesionales del nuevo modelo de parte judicial P016.
Ámbito de actuación: Centros de Salud y Servicios de Urgencias hospitalarios.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios.
10.B. Disminución del Absentismo por Incapacidad Temporal en la población general:
Objetivos y Contenido: Participar con el resto de organismos y unidades con competencias en IT, en la disminución del absentismo laboral en todo el ámbito social por esta causa, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario. Las valoraciones se harán a través de controles directos en las Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades (UMVIS) de las Inspecciones Provinciales, o visitas domiciliarias por los inspectores médicos y subinspectores, así como a través de controles indirectos mediante revisión de la situación de IT con el médico de Atención Primaria que atiende al paciente.
Ámbito de actuación: Pacientes en situación de IT, con duración inferior a 12 meses, del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en contingencias comunes y profesionales, y de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS) en contingencias comunes.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
10.C. Disminución del Absentismo por IT en el personal del SSPA:
Objetivos y Contenido: Colaborar en la disminución del absentismo laboral por IT que afecta a los trabajadores del SSPA, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario. Se procederá a dar continuidad al programa específico para el control de la IT en centros sanitarios del SSPA.
Ámbito de actuación: Personal del Sistema Sanitario Público Andaluz, que incluirá tanto al personal del SAS como de las Empresas Sanitarias Públicas Andaluzas.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
10.D. Disminución del Absentismo por enfermedad en el personal de la Junta de Andalucía:
Objetivos y Contenido: Colaborar en la disminución del absentismo laboral por enfermedad, que afecta a los trabajadores de la Junta de Andalucía, desde el campo de la inspección médica del sistema sanitario, de acuerdo con los Convenios de la Consejería de Salud con la Consejería de Justicia y Administración Pública y Muface, en coordinación con la Inspección General de Servicios, tanto de trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, como de MUFACE o MUGEJU.
Ámbito de actuación: Personal al servicio de la Junta de Andalucía, tanto del Régimen General como de MUFACE y MUGEJU.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
10.E. Desarrollo del Convenio de colaboración con las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales:
Objetivos y Contenido: Aprobación del convenio de colaboración con MATEPSS por parte de la Consejería de Salud, Matepss y Administración de la Seguridad Social. Desarrollo de su contenido. Evaluación y propuestas de mejora antes de finalizar el año de entrada en vigor.
Ámbito de actuación: UMVIS, MATEPSS, SAS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
LÍNEA ESTRATÉGICA DESTINADA A GESTIONAR EL CONOCIMIENTO
- Investigación y gestión del conocimiento.
11.A. Control de ensayos clínicos con medicamentos.
Objetivos y Contenido: Se verificará el cumplimiento de las Normas de Buena Práctica Clínica (B.P.C.) recogidas en la normativa vigente, en una muestra de Ensayos Clínicos con medicamento, adecuado al Plan de Inspección de Ensayos Clínicos aprobado por el Comité Técnico de Inspección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
Ámbito de actuación: Centros sanitarios de Andalucía.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica
11.B. Control de Comités Locales de Ensayos Clínicos.
Objetivos y contenido: Se comprobará en una muestra de los Comités Locales de ensayos Clínicos el grado de cumplimiento de la normativa vigente.
Ámbito de actuación: Comités Locales de ensayos Clínicos.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica.
11.C. Control de Laboratorios para ensayos no clínicos.
Objetivos y Contenido: Se inspeccionarán los laboratorios que realicen estudios no clínicos sobre sustancias y productos químicos con objeto de determinar sus efectos sobre el hombre, como requisito para una autorización de comercialización de medicamentos, que soliciten Certificados del cumplimiento de Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL). El plazo será de 30 días.
Ámbito de actuación: Laboratorios para ensayos no clínicos. Esta actividad quedará condicionada al correspondiente traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma, en materia de ejecución de la legislación sobre productos farmacéuticos.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección Farmacéutica
11.D. Proyectos de Investigación:
Objetivos y Contenido: Se elaborará como mínimo un proyecto de estandarización de duraciones medias en procesos de incapacidad laboral por patologías, en función de las variables independientes más significativas. En el desarrollo del proyecto participarán las Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades. Los resultados del proyecto se utilizarán para el seguimiento de pacientes en situación de incapacidad temporal, tanto por los facultativos de las unidades médicas de valoración de incapacidades, como por los facultativos de atención primaria, una vez hayan sido consensuados de la forma más amplia posible y con las instituciones con competencia en la materia.
Ámbito de actuación: UMVIS. Atención Primaria del SAS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal. Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.
11.E. Formación on line en IT para At.Primaria:
Objetivos y Contenido: Para ello se utilizarán 2 herramientas:
- Formación presencial: Se desarrollará fundamentalmente a través de los desplazamientos que los inspectores médicos realizan a los centros de salud, con un doble contenido: la revisión conjunta con los médicos de AP de los pacientes en situación de IT en sus cupos, y la participación en sesiones de formación continuada sobre diferentes aspectos de la IT, con los equipos de las zonas básicas de salud. Esta formación también se realizará a través de seminarios y jornadas dirigidas a todos los colectivos que participan en la gestión, seguimiento y control de la IT, potenciando la participación de los médicos de familia.
- Formación no presencial: Mediante el desarrollo de una aplicación de formación en IT, basada fundamentalmente en la interacción e intercomunicación de los distintos agentes en la gestión de IT y que podría contener distintas opciones: Información, Normativa, Procedimientos, Índice de casos basado en soluciones tipo, Propuesta y Resolución de casos, Consulta en línea en horarios a tiempo real o mediante sistemas de consulta-respuesta diferida, entre médicos de AP e inspectores médicos.
Ámbito de actuación: Médicos de Atención Primaria.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal. Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.
11.F. Formación personal Inspección S.Sanitarios:
Objetivos y contenido: Se desarrollará un plan de formación continuada para el personal adscrito a la Inspección de S.Sanitarios, en las distintas modalidades de cursos financiados por el IAAP, cursos homologados por el IAAP, y cursos de formación operativa.
Ámbito de actuación: Personal Inspección Servicios Sanitarios. Personal de apoyo a las unidades de Inspección.
Área de responsabilidad: Área de Calidad y Gestión del Conocimiento. Programas generales de Inspección.
11.G. Desarrollo profesional Inspección S.Sanitarios:
Objetivos y contenido: Se desarrollará el mapa de competencias del personal de Inspección de S. Sanitarios, en función de los distintos puestos de trabajo existentes en la estructura aprobada por el reglamento de ordenación. Se realizará la evaluación de competencias de los profesionales, aprovechando los métodos y técnologías desarrolladas por el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Ámbito de actuación: Personal de la Inspección de Servicios Sanitarios.
Área de responsabilidad: Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.
11.H. Plan de Calidad Inspección S. Sanitarios:
Objetivos y contenido: Se desarrollará el plan de calidad de acuerdo con el documento elaborado, mediante la implantación de medidas de carácter organizativo y funcional, para la adecuación a los criterios establecidos en el modelo EFQM, elegido para la Administración General de la Junta de Andalucía. Se iniciará un proceso de autoevaluación previo a la solicitud de evaluación por la Consejería de Justicia y Administración Pública.
Ámbito de actuación: Inspecciones provinciales. Inspección Central.
Área de responsabilidad: Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.
- Información y documentación.
12.A. Evaluación utilización del Sistema de Información del Fondo de Cohesión Sanitaria (SIFCO):
Objetivos y Contenido: Evaluar el procedimiento de gestión de las derivaciones de pacientes a centros sanitarios públicos de ámbito nacional, fuera de la Comunidad Autónoma Andaluza para recibir asistencia sanitaria programada por alguno de los procesos contemplados en los Anexos I y II del RD 1207/2006, de 20 de octubre y evaluar el procedimiento de gestión de la asistencia sanitaria programada, facilitada a pacientes no residentes en Andalucía.
Ámbito de actuación: Hospitales SSPA y Delegaciones Provinciales de Salud
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios.
12.B. Colaboración en la elaboración de Guías de funcionamiento:
Objetivos y contenido: Se colaborará con los servicios competentes en la elaboración de las guías de funcionamiento, según el Decreto 69/2008, concretando los requisitos técnicos de estructura, personal, instalaciones y equipamientos exigibles para el funcionamiento de los diversos tipos de unidades asistenciales, centros y establecimientos sanitarios.
Ámbito de actuación: Centros, establecimientos y servicios sanitarios.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica.
12.C. Desarrollo de Protocolos de Inspección:
Objetivos y contenido: Se continuará con el desarrollo de protocolos de inspección para la elaboración de los informes técnicos-sanitarios solicitados en el ámbito de las autorizaciones administrativo-sanitarias de funcionamiento, de homologación y suscripción de conciertos de centros y establecimientos sanitarios, así como para la concesión de licencias de fabricación de productos sanitarios a medida. De igual forma se desarrollarán protocolos de evaluación de los pacientes en situación de incapacidad laboral.
Ámbito de actuación: Centros, establecimientos y unidades sanitarias. Centros no sanitarios de fabricación de productos sanitarios a medida. Se harán por el orden priorizado que vaya indicando la Subdirección de Inspección de Servicios Sanitarios. Asegurados con prestación de Incapacidad Temporal (IT).
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios Sanitarios. Programa general de Inspección Farmacéutica. Programa general de Inspección de la Incapacidad Temporal.
12.D. Informes técnicos para MUFACE.
Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes derivados de las peticiones de asesoramiento de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), de acuerdo con el Convenio con la Consejería de Salud. El plazo será de 1 mes para la elaboración de informes, y de 3 días en los visados de recetas.
Ámbito de actuación: Solicitudes realizadas al amparo del Convenio con MUFACE.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Centros y Servicios. Programa general de Inspección de la Incapacidad Temporal.
12.E. Explotación indicadores de IT:
Objetivos y contenido: Se desarrollarán las siguientes actuaciones:
- Explotación más pormenorizada del módulo de tratamiento de la información (MTI) del Sigilum XXI, que genere la salida de datos en todos sus niveles de agregación y de variables asociadas a la IT. Los directores gerentes de Distrito tendrán acceso on line al MTI, donde se pondrán a su disposición diferentes carpetas que le faciliten la búsqueda de información.
- Mensualmente todos los Distritos sanitarios recibirán información de la evolución de sus objetivos de seguimiento de la IT, con 3 niveles de desagregación: Distrito, Zona Básica de Salud, y código Puesto Médico. También recibirán la evolución de los objetivos a nivel provincial y autonómico, para que sirvan de referencia.
- Se diseñará el contenido del Perfil de Utilización de IT, de forma que se tenga una visión general lo más aproximada posible de las características que presenta la población adscrita y el uso que realiza cada médico de la prescripción de IT.
- Explotación de información de IT según actividad económica.
Ámbito de actuación: Distritos de Atención primaria. Centros de Salud. Consejería de Empleo. Servicio de Salud Laboral.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
12.F. Sistema de Información de Inspección de S. Sanitarios:
Objetivos y contenido: Se continuará y mejorará el sistema de información que permite la evaluación del cumplimiento de objetivos y desarrollo de las actividades realizadas por la Inspección de S. Sanitarios, para el desarrollo de este Plan, que se complementará con la memoria anual.
Ámbito de actuación: Inspecciones provinciales e Inspección Central.
Área de responsabilidad: Área de Calidad y Gestión del Conocimiento.
LÍNEA ESTRATÉGICA DESTINADA A IMPULSAR LA INNOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA
- Desarrollo de la estrategia digital del SSPA.
13.A. Mejora y Ampliaciones del Sistema de Información Sigilum XXI
Objetivos y Contenido:
a) Introducir la conexión online a la base de datos de P9 de Diraya, depuración de listados, actualización automática desde BDU de CCC y Sexo, así como la carga en BDU de Mutuas con cobertura en Contingencias Comunes, procedente de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, y su transferencia a Sigilum XXI.
b) Integración en Sigilum XXI de los partes de baja y alta emitidos por los centros de atención primaria, de forma que el número total de expedidos debe ser del 100%. Para ello se deberán adoptar las medidas necesarias de coordinación con los órganos competentes del Servicio Andaluz de Salud para que todos los P9 mecanizados sean recogidos vía informática en el CTI.
En aquellos casos que el P9 no sea mecanizado en el centro de atención primaria de origen por carecer de comunicaciones, se gestionará su envío periódico y en formato electrónico al Distrito sanitario de forma que se puedan integrar automáticamente en la base de datos del CTI para su posterior integración en Sigilum y envío al INSS.
Durante este ejercicio se procederá a la incorporación de las distintas fuentes de alimentación de este sistema que persisten en la actualidad, hasta tanto se implante en toda la comunidad autónoma una única versión de historia digital de salud.
Ámbito de actuación: Servicios centrales Consejería Salud y SAS, Umvis, At. Primaria.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
13.B. Mejoras del módulo de IT en la Historia Digital de Salud (Diraya):
Objetivos y Contenido: Introducir las modificaciones necesarias para desarrollar el proyecto piloto IT-21, una vez sea aprobado por el INSS. Incorporar los tiempos estándares de duración de procesos de IT, publicados por el INSS. Conexión online de Diraya con el sistema de información de IT (sigilum XXI). Introducir los cambios derivados del documento de modificaciones necesarias para el seguimiento de la IT en Diraya.
Ámbito de actuación: Servicios centrales Consejería Salud y SAS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
13.C. Intercomunicación vía informática entre At. Primaria-UMVIS:
Objetivos y Contenido: Se desarrollará un sistema de intercomunicación entre Diraya y Sigilum XXI, al objeto de que pueda haber un intercambio de información entre facultativos de Atención primaria e inspectores médicos de las Umvis, dicha información se estructurará de forma que cada facultativo quede comunicado con el inspector médico de referencia, permitiendo de esta forma la agilización de determinadas interconsultas.
Ámbito de actuación: Centros de At. Primaria y UMVIS.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.
13.D. Cooperación tecnológica con el sector público en la gestión de la IT.
Objetivos y Contenido: En base a las competencias de control de la IT que realizan las UMVIS, y respetando la normativa que exista al respecto, la Inspección de S. Sanitarios en el desarrollo de las líneas de gestión para el seguimiento y control de la incapacidad temporal en el sector público propiciará acuerdos con otros órganos que permitan mejorar la coordinación tecnológica tanto en el campo de la citación, seguimiento y estadísticas de absentismo laboral como en la atención a los usuarios. Las Umvis participarán tanto en el establecimiento de los acuerdos, como en su desarrollo y seguimiento.
Ámbito de actuación: Dir. Gen. de Personal y Desarrollo Profesional Servicio de Informática del Servicio Andaluz de Salud. Consejería de Justicia y Administración Pública. Instituto Nacional de la Seguridad Social. MATEPSS. Servicio de Informática de la Consejería de Salud. Unidades Médicas de Valoración de Incapacidades.
Área de responsabilidad: Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.