DECRETO 25/2009, DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 9/2006, DE 10 DE FEBRERO, DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN EN MATERIA DE FOMENTO, INVERSIONES Y ACTUACIONES EN LOS SECTORES AGRARIO Y PESQUERO DE LAS ILLES BALEARS
El Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) se creó mediante el Decreto 64/2005, de 10 de junio, con el objetivo principal de ejecutar la política de la Consejería de Agricultura y Pesca relativa a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrarios y pesqueros, incluidas las derivadas de la política agrícola común y de los fondos procedentes del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca, de las medidas de desarrollo rural y otros regímenes de ayudas previstos por la normativa de la Unión Europea.
No obstante, como consecuencia del control de eficacia de su actividad llevada a cabo por la Consejería de Agricultura y Pesca, se consideró oportuno modificar el mencionado Decreto, mediante Decreto 7/2009, de 6 de febrero, añadiendo una nueva disposición adicional sexta, para que la consejería de Agricultura y Pesca, por razones operativas y puntuales, previa resolución motivada, pueda ejecutar directamente la aplicación de las medidas de fomento.
Por este motivo se considera también necesario modificar el Decreto 9/2006, de 10 de febrero, de encomienda de gestión en materia de fomento, inversiones y actuaciones en los sectores agrario y pesquero de las Illes Balears.
Este Decreto tiene un carácter meramente organizativo de la Consejería de Agricultura y Pesca, por lo que, no es preceptiva la consulta al Consejo Consultivo, de acuerdo con el artículo 10.6 de la Ley 5/1993, de 15 de junio, del Consejo Consultivo las Illes Balears.
Por todo ello, a propuesta de la consejera de Agricultura y Pesca, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión del día 27 de marzo de 2009, DECRETO
Artículo único
Se modifica el Decreto 9/2006, de 10 de febrero, de encomienda de gestión en materia de fomento, inversiones y actuaciones en los sectores agrario y pesquero de las Illes Balears, añadiendo un nuevo punto tercero al artículo 1 que pasa a tener la siguiente redacción:
Artículo 1
1. ( )
2. ( )
3. Igualmente, y en la misma forma establecida en los párrafos anteriores, podrá encargar a las empresas públicas SEMILLA y IBABSA la gestión o el pago de las líneas de ayuda, que de acuerdo con el Decreto 7/2009, de 6 de febrero, por el que se modifica el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, que hayan sido convocadas directamente por la propia Consejería de Agricultura y Pesca.
Disposición final
Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.