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Reglamento técnico específico del cultivo de judía verde

26/02/2009
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Orden 8/2009, de 12 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se aprueba el reglamento técnico específico del cultivo de judía verde, en el ámbito de la marca de garantía Producción Integrada de La Rioja (BOR de 25 de febrero de 2009). Texto completo.

ORDEN 8/2009, DE 12 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO TÉCNICO ESPECÍFICO DEL CULTIVO DE JUDÍA VERDE, EN EL ÁMBITO DE LA MARCA DE GARANTÍA PRODUCCIÓN INTEGRADA DE LA RIOJA

Por Decreto 53/2001, de 21 de diciembre, se regula la producción integrada en productos agrarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Decreto anterior se desarrolla mediante Orden 1/2002, de 13 de febrero, se regula el Reglamento de uso de la marca de garantía "Producción Integrada de La Rioja" y su distintivo; Orden 2/2002 Vínculo a legislación, de 13 de febrero, el procedimiento de inscripción en los registros de productores y elaboradores de Agricultura de Producción Integrada de la Comunidad Autónoma de La Rioja; Orden 3/2002, de 13 de febrero, procedimiento de concesión de autorizaciones para la utilización de la marca da garantía "Producción Integrada de La Rioja", y, por último, por Orden 4/2002, de 13 de febrero, se regula el sistema de control y certificación de la Producción Integrada en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Con base en lo establecido en el artículo 2 del mencionado Decreto 53/2001, de 21 de diciembre, por el que se regula la producción integrada en productos agrarios en la Comunidad Autónoma de La Rioja, a propuesta de la Dirección General de Calidad e Investigación Agroalimentaria, previos los trámites legales establecidos y en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto 83/2007, de 20 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 Vínculo a legislación, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Dispongo:

Artículo 1.- Objeto

Se aprueba el reglamento técnico específico del cultivo de la judía verde ámbito de la marca de garantía "Producción Integrada de La Rioja", que se publica en anexo a esta Orden.

Artículo 2.- Plazos para la inscripción y actualización de productores de zanahoria en el Registro de Producción Integrada

Las solicitudes podrán presentarse en los plazos establecidos en la Orden 18/2007, de 12 de abril, (BOR n 56, de 25 de abril), de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen normas y plazos para la inscripción y actualización de operadores en el Registro de Producción Integrada. Excepcionalmente para la campaña 2009, podrán presentarse solicitudes en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Orden.

Disposición Final Única. Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Anexos

Omitidos.

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