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  • EDICIÓN DE 15/01/2009
 
 

Modificación de la acción concertada en materia de prestación de servicios sanitarios

15/01/2009
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Orden de 18 de diciembre de 2008, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se modifica parcialmente el Anexo I de la Orden de 27 de abril de 2007, por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sanitarios (BOA de 14 de enero de 2009). Texto completo. (Ref. Iustel §020351 Vínculo a legislación)

La Orden de 18 de diciembre de 2008 modifica parcialmente el Anexo I de la Orden del Departamento de Salud y Consumo de 27 de abril de 2007 por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sanitarios.

La Orden de 27 de abril de 2007, del Departamento de Salud y Consumo, por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sanitarios puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

ORDEN DE 18 DE DICIEMBRE DE 2008, DEL DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO, POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE EL ANEXO I DE LA ORDEN DE 27 DE ABRIL DE 2007, POR LA QUE SE REGULA LA ACCIÓN CONCERTADA EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS

Mediante Orden de 27 de abril de 2007, del Departamento de Salud y Consumo, se procedió a regular la acción concertada en materia de prestación de servicios sanitarios.

En la Disposición Adicional de la citada Orden se aprueba el Anexo I que contiene la relación de procedimientos y servicios susceptibles de ser concertados con proveedores ajenos al Sistema de Salud de Aragón, las modalidades de prestación sanitaria, los servicios incluidos, así como las tarifas máximas por las que pueden ser concertados, el cual podrá ser modificado por la supresión de prestaciones, modificación o ampliación de servicios y la inclusión de nuevas exigencias técnico asistenciales, así como la revisión de las correspondientes tarifas.

A su vez, mediante Orden de 14 de mayo de 2008 del Departamento de Salud y Consumo se modificó el Anexo I de la mencionada Orden de 27 de abril de 2007.

En la actualidad se ha comprobado la necesidad de modificar parcialmente el citado Anexo I de la Orden, con el fin de adaptarlo a los nuevos procedimientos y a las nuevas técnicas asistenciales existentes, así como a la revisión de las correspondientes tarifas, de cara a que los conciertos que efectué el Departamento se encuentren adaptados a los procedimientos y tarifas existentes actualmente en el mercado.

Por otra parte, queda pendiente la modificación de los procedimientos relativos a los servicios de salud mental y de atención a las drogodependencias, los cuales serán objeto de una revisión posterior.

Por todo ello, y en base a las competencias que tiene atribuidas este Departamento, dispongo:

Primero.-Aprobar la modificación parcial del Anexo I de la Orden del Departamento de Salud y Consumo de 27 de abril de 2007 por la que se regula la acción concertada en materia de prestación de servicios sanitarios, modificado por Orden de 14 de mayo de 2008, y que afecta a los apartados 1, 2, 3, 4, 7 y 8, de dicha Orden, relativos a procedimientos quirúrgicos, diagnósticos y terapéuticos, atención a crónicos dependientes, atención bucodental infantil y actividad asistencial.

Segundo.-No modificar los apartados 5 y 6 del Anexo I de la Orden del Departamento de Salud y Consumo de 27 de abril de 2007, modificado por Orden de 14 de mayo de 2008, relativos a servicios de salud mental y de atención a drogodependencias, los cuales permanecerán en vigor en tanto en cuanto no se modifiquen.

Disposición final única.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

Anexos

Omitidos.

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