Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/01/2009
 
 

Programa de Desarrollo Rural

12/01/2009
Compartir: 

Resolución de 28 de noviembre de 2008, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se convocan para el año 2009 las subvenciones destinadas al fomento de celebración de Certámenes Agroganaderos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013 (BOJA de 9 de enero de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2008, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2009 LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE CELEBRACIÓN DE CERTÁMENES AGROGANADEROS EN ANDALUCÍA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2007-2013.

La Consejería de Agricultura y Pesca, a través de la Orden de 27 de marzo de 2008 (BOJA núm. 69, de 8 de abril de 2008), ha regulado, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la concesión de las subvenciones destinadas al fomento de Certámenes Agroganaderos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013.

Estas ayudas cumplen las condiciones señaladas en el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 11 de la citada Orden, corresponde a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera realizar las convocatorias anuales y determinar el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda.

En su virtud y haciendo uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

Primero. Se convocan para el ejercicio 2009 las subvenciones destinadas al fomento de Certámenes Agroganaderos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, reguladas en la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca 27 de marzo de 2008 (BOJA núm. 69, de 8 de abril de 2008).

Segundo. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Las solicitudes deberán formularse en el modelo que figura como Anexo a la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 27 de marzo de 2008.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana