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Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez

09/01/2009
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Resolución de 22 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se prorrogan durante los meses de enero y febrero del año 2009 los efectos de la Resolución de 7 de diciembre de 2004, por la que se establece el diseño y funcionamiento del Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y se fijan los criterios a efectos de la determinación del porcentaje que se ofrecerá a cada entidad o grupo de entidades en el tramo no competitivo (BOJA de 8 de enero de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2008, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA Y DEUDA PÚBLICA, POR LA QUE SE PRORROGAN DURANTE LOS MESES DE ENERO Y FEBRERO DEL AÑO 2009 LOS EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DE 7 DE DICIEMBRE DE 2004, POR LA QUE SE ESTABLECE EL DISEÑO Y FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA REGULAR DE SUBASTAS DE EXCEDENTES DE LIQUIDEZ DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y SE FIJAN LOS CRITERIOS A EFECTOS DE LA DETERMINACIÓN DEL PORCENTAJE QUE SE OFRECERÁ A CADA ENTIDAD O GRUPO DE ENTIDADES EN EL TRAMO NO COMPETITIVO.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 67 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante, LGHPCAA), constituyen la Tesorería de la Comunidad Autónoma todos los recursos financieros, sean dinero, valores o créditos, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias de la Junta, sus organismos e instituciones. Igualmente, el artículo 1 del Decreto 46/1986, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos (en adelante, RGTOP), establece esta misma definición de la Tesorería General.

A su vez, el artículo 69 de LGHPCAA y el artículo 2 del RGTOP autorizan a la Tesorería a colocar sus caudales en el Banco de España y en las entidades de crédito y ahorro. Por otra parte, el artículo 30 de la Ley 17/2003, de 29 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el 2004, autorizaba a la Consejería de Economía y Hacienda para concertar operaciones financieras activas que tuviesen por objeto rentabilizar fondos que ocasionalmente, o como consecuencia de los pagos, pudieran estar temporalmente inmovilizados.

De una forma más concreta, el Decreto 239/2004, de 18 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, establece en su artículo 12 que la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública es el órgano directivo de la Consejería al que corresponden las funciones encomendadas a la Tesorería de la Comunidad por la LGHPCAA, sin perjuicio de las competencias de otros órganos de la Consejería, en orden al cobro de sus derechos y pago de sus obligaciones, sirviendo al principio de unidad de caja mediante la concentración de todos los fondos y valores y gestionando la Tesorería General de conformidad con el RGTOP. En el ejercicio de estas competencias, le corresponde, específicamente, entre otras funciones, la gestión y rentabilización de todos los recursos financieros de la Tesorería General.

Al amparo de las competencias asignadas por las normas citadas en los párrafos anteriores y, especialmente, en la habilitación legal del artículo 30 de la Ley 17/2003, cuya vigencia es anual y se agota con el transcurso del ejercicio presupuestario, se dictó Resolución de 7 de diciembre de 2004 de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se establece el diseño y funcionamiento del Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y se hace público el calendario de subastas (BOJA, núm. 240, de 10 de diciembre).

El objeto de dicha Resolución era dar publicidad al procedimiento que la Comunidad Autónoma de Andalucía ha venido instrumentando desde diciembre de 2004 para rentabilizar los excedentes de tesorería, que temporalmente pueda tener inmovilizados en su Tesorería General.

Por tanto, en virtud de la habilitación que introduce el artículo 34 de la Ley 24/2007, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2008, que autoriza igualmente a la Consejería de Economía y Hacienda para concertar operaciones financieras activas que tengan por objeto rentabilizar fondos que ocasionalmente, o como consecuencia de los pagos, pudiesen estar temporalmente inmovilizados, el objeto del presente acto es prorrogar los efectos de la Resolución de 7 de diciembre de 2004, durante los meses de enero y febrero del año 2009.

Asimismo, se fijan los criterios a efectos de la determinación del porcentaje que se ofrecerá a cada entidad o grupo de entidades en el tramo no competitivo durante el año 2009. Al respecto, y al objeto de valorar adecuadamente el grado de colaboración de cada Entidad Participante con la Junta de Andalucía durante el año previo a la celebración de cada subasta a que se refiere el apartado cuarto, letra a), de la citada Resolución de 7 de diciembre de 2004, se mantiene, como criterio de ponderación, el esfuerzo realizado por cada Entidad Participante en el tramo competitivo del Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía durante el año en curso, cuantificado a partir de los importes totales de adjudicación en dicho tramo.

Por último, se hace público el calendario de subastas para los meses de enero y febrero del año 2009.

En consecuencia, en virtud de las competencias asignadas por las normas citadas en los párrafos anteriores, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Prórroga de los efectos de la Resolución de 7 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se establece el diseño y funcionamiento del Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía.

El Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, cuyo diseño y funcionamiento fue establecido por Resolución de 7 de diciembre de 2004, de esta Dirección General, permanecerá vigente durante los meses de enero y febrero del año 2009.

Segundo. Criterios a efectos de la determinación del porcentaje que se ofrecerá a cada entidad o grupo de entidades en el tramo no competitivo durante el período de vigencia determinado.

Para la aplicación del Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía durante los meses de enero y febrero del año 2009, se fijan los criterios relativos a la determinación del porcentaje que se ofrecerá a cada entidad o grupo de entidades en el tramo no competitivo y a los que se refieren los apartados tercero y cuarto de la Resolución de 7 de diciembre de 2004. A tal fin, los referidos criterios, con su correspondiente valoración, quedan definidos del siguiente modo:

1. Importe total adjudicado en las subastas de Bonos y Obligaciones, de Pagarés, en otras operaciones de endeudamiento a largo plazo y en operaciones a corto plazo para necesidades transitorias de tesorería de la Junta de Andalucía: 65%.

2. Volumen de patrimonio gestionado y número de partícipes al cierre de cada mes de FondAndalucía. La imputación se hará a la entidad financiera a cuyo grupo pertenezca directa o indirectamente la gestora de dichos fondos: 15%.

3. Número de oficinas operativas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 10%

4. Importe total adjudicado en el tramo competitivo de las subastas del Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía: 10%.

Total: 100%.

La ponderación asignada por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a cada uno de estos criterios se hará pública en el momento de notificarse a cada Entidad Participante el porcentaje que le corresponda.

La valoración se referirá al año inmediatamente anterior al momento de la subasta, según los últimos datos que la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública tenga disponibles.

Tercero. Aprobación del calendario de subastas para los meses de enero y febrero del año 2009.

Para la aplicación del Programa Regular de Subastas de Excedentes de Liquidez de la Tesorería General de la Junta de Andalucía durante los meses de enero y febrero del año 2009, se establece el siguiente calendario de subastas de periodicidad quincenal, con colocación de fondos semanales:

Tabla omitida.

Cuarto. Efectos de la presente Resolución.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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