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  • EDICIÓN DE 09/01/2009
 
 

Subvenciones para actividades de investigación en materia de paisaje

09/01/2009
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Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Planificación, por la que se efectúa la segunda convocatoria de concesión de subvenciones para actividades de investigación en materia de paisaje, correspondiente al ejercicio 2008 (BOJA de 8 de enero de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 15 DE DICIEMBRE DE 2008, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, POR LA QUE SE EFECTÚA LA SEGUNDA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE PAISAJE, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2008.

La Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 30 de noviembre de 2007, modificada por Orden de 11 de diciembre de 2008, establece las bases reguladoras de la concesión y el procedimiento para la concesión de subvenciones de actividades de investigación en materia de paisaje, estableciendo convocatorias anuales.

En virtud del Decreto del Presidente 10/2008 Vínculo a legislación, de 19 de abril, de las Vicepresidencias y sobre reestructuración de Consejerías, se han establecido las competencias de la Consejería de Obras Públicas. Por su parte el Decreto 192/2008, de 6 de mayo, define la nueva estructura orgánica de la Consejería, que atribuye a la Dirección General de Planificación competencias en programas de investigación.

En la disposición adicional primera de la citada Orden de 30 de noviembre de 2007, se delega en el titular de la Dirección General de Planificación la facultad para realizar, mediante Resolución, sucesivas convocatorias.

Por cuanto antecede, en virtud de lo dispuesto por la Ley 38/2003 Vínculo a legislación, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los artículos 107 Vínculo a legislación y siguientes de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los artículos 28 a 33 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, el Decreto 254/2001 Vínculo a legislación, de 20 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, de conformidad con lo dispuesto por la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de 30 de noviembre de 2007, modificada por Orden de 11 de diciembre de 2008, en el ejercicio de la competencia delegada, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Realizar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2008 para la concesión de subvenciones para la realización de actividades de investigación en materia de paisaje, al amparo de la Orden de 30 de noviembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de subvenciones para actividades en materia de paisaje, modificada por Orden de 11 de diciembre de 2008.

El importe total de las subvenciones a conceder queda limitado a los créditos disponibles.

Segundo. En aplicación de la disposición adicional tercera de la Orden, el plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Los interesados en concurrir a esta convocatoria presentarán, con la solicitud, la documentación requerida en el artículo 6 de la mencionada Orden de 30 de junio de 2007.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, a elección del recurrente y al amparo de lo respectivamente prevenido en los artículos 1071.1, Vínculo a legislación 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, arts. 45 Vínculo a legislación y 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los recursos potestativos de reposición -en el plazo de un mes desde el día siguiente al día al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- que habrá de interponerse ante esta Dirección General de Planificación y, en todo caso, el contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en los dos meses contados desde el siguiente día al de la publicación de esta Resolución en el citado periódico oficial.

Cuarto. La presente Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente al de su publicación en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

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