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Lucha contra el terrorismo sin violar los derechos humanos; por Araceli Mangas Martín, Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Salamanca y miembro del Consejo Editorial de Iustel

11/12/2008
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El día 10 de diciembre de 2008 se publicó, en el diario El Mundo, un artículo de Araceli Mangas Martín en el cual la autora opina sobre los llamados vuelos de la CIA. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

LUCHA CONTRA EL TERRORISMO SIN VIOLAR LOS DERECHOS HUMANOS

La Carta de las Naciones Unidas tiene entre sus muchos méritos el haber reconocido en 1946 “la fe en los derechos fundamentales” y “en la dignidad y el valor de la persona humana” con alcance universal, partiendo del postulado de la igualdad sustancial de todos los seres humanos. La idea central de la Carta es que la paz, síntesis de la libertad y la seguridad, no se puede alcanzar si la opresión y la injusticia castigan a los seres humanos.

Este reconocimiento internacional conlleva que los estados no pueden blindarse en la competencia doméstica (por ejemplo, la seguridad). La doctrina soviética ponía el énfasis en la noción de no injerencia; la doctrina occidental viene sosteniendo que todo Estado tiene un interés legítimo en proteger los derechos de cualquier ser humano, lo que implica un derecho de protesta y censura respecto de conductas ilícitas de otros estados.

La falta de concreción de la Carta fue subsanada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948. Se quería expresar, tras el horror y miseria moral del nazismo, un ideal común para la humanidad. No es un tratado internacional sino una recomendación formalmente desprovista de fuerza vinculante. Pese a ello, ningún otro texto jurídico o político ha tenido tanto impacto real y formal en la comunidad internacional. Ha sido la fuente de inspiración de decenas y decenas de tratados internacionales, ya universales, ya regionales, vinculados a ella. Así, el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) adoptado en Roma en 1950, que une hoy a todos los estados del continente, reconoce que es “la garantía colectiva de algunos derechos enunciados en la Declaración Universal”.

Muchas constituciones, como la española de 1978, la incorporan como pauta superior de inspiración o interpretación, y no citan concretos tratados sobre derechos humanos sino sólo la Declaración Universal. Su evolución hacia fuente de derecho muestra que la fuerza obligatoria de un instrumento jurídico sobre derechos humanos no es necesariamente la consecuencia de su forma. La Corte Internacional de Justicia, máximo órgano judicial de la ONU, confirmó en 1970 que existen en materia de derechos humanos obligaciones que tienen un carácter universal e imperativo (sentencia Barcelona Traction).

Sería muy fácil enumerar los grandes éxitos normativos y también sus efectos positivos al establecer un patrón o mínimo común denominador universal. También sería fácil apuntar hacia países concretos en los que se violan los derechos humanos de forma evidente, como Cuba, Venezuela, Guinea Ecuatorial, Zimbabue, China, Birmania, etcétera, o a continentes casi enteros como África y buena parte de Asia, para constatar las inmensas bolsas de resistencia al respeto de los derechos humanos y su trasgresión en forma de pobreza e injusticia social.

Como es fácil acusar a otros, prefiero volver la mirada sobre nosotros, los europeos, para medir su respeto. Nuestras constituciones, nuestro sistema judicial, los numerosos convenios internacionales que aceptamos y cumplimos evidencian un alto nivel formal y real, el más elevado de protección en el mundo. Pero, ¿no ha habido graves violaciones en los últimos años en Europa?

Desde el brutal ataque del 11-S en Nueva York, la gran mayoría de los estados y la opinión pública estamos de acuerdo en que la prioridad fundamental de nuestra seguridad es la lucha contra el terrorismo global. Pero, ¿deben callar las leyes? España reaccionó tras las acciones terroristas del 11-M con toda la dureza y templanza del Estado de Derecho. Los terroristas islamistas, con nombres y apellidos, ante los jueces y en las cárceles. Sin derogar leyes de civilización ni desmantelar el Estado de Derecho. Los terroristas saben que su victoria está en la respuesta histérica a sus ataques brutales. Y, por desgracia, algunos estados occidentales democráticos han respondido al terrorismo islamista desprendiéndose de los límites del Estado de Derecho.

En ese marco hay que circunscribir las graves violaciones de los derechos humanos sucedidas en Europa entre 2001 y diciembre de 2005 con los llamados vuelos de la CIA. Fueron sacadas a la luz en noviembre de 2005 por el diario The Washington Post y la cadena de televisión ABC News. Los organismos internacionales europeos reaccionaron de forma impecable haciendo investigaciones minuciosas y contrastadas que cualquiera puede leer en internet: la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa realizó un informe estremecedor (Doc. 10.957, 12/6/2006), la Comisión Venecia de dicho organismo (363/2005, 16/3/2006) y el Parlamento europeo aprobó una resolución e informe (A6-0020/2007). Hoy, todas las violaciones a los derechos humanos y al derecho humanitario internacional realizadas en cualquier parte del mundo están documentadas y se pueden comprobar. Es una de las ventajas de la democracia y de la sociedad de la información frente a las mentiras de los gobiernos.

El informe del Consejo de Europa asegura que se creó una tela de araña o “red global” para la violación de los derechos humanos que no fue casual ni episódica. Durante cuatro años y hasta diciembre de 2005 se realizaron, con el consentimiento o la pasividad de una quincena de Gobiernos europeos, las detenciones ilegales o secuestros de varias decenas de personas así como entregas extrajudiciales de personas acusadas de terrorismo islamista; además, se realizaron 1.245 vuelos gestionados por la CIA desde Guantánamo, Afganistán e Irak con aeronaves civiles (los vuelos civiles no precisan autorización según normas de OACI) y militares -datos minuciosos entregados por Eurocontrol que los informes estiman como prueba irrefutable- en los que se transportaban seres humanos utilizando el espacio aéreo y aeropuertos europeos (algunos españoles) hacia determinados países de Europa (nunca España) donde presuntamente se les aplicaban “técnicas avanzadas de interrogación” (eufemismo oficial para enmascarar la tortura).

En el informe del Consejo de Europa se cita a Suecia, Bosnia-Herzegovina, Reino Unido, Italia, Alemania y Turquía como responsables de violaciones de los derechos de seres humanos concretos (donde hubo secuestros tolerados o entregas extrajudiciales); y se cita por colusión activa o pasiva (haber tolerado o no ejercido su deber de control en su territorio) a Polonia y Rumania, por albergar los centros secretos de detención, a Alemania, Turquía, España y Chipre, por ser “plataformas” para los vuelos transportando ilegalmente a detenidos hacia tales centros, a Irlanda, Reino Unido, Portugal, Grecia e Italia, por ser “escalas” de tales vuelos. También se expresan serios indicios de otras colaboraciones ilegales (a Suiza) y no se oculta que pueda haber más estados. También se reconoce que los convenios sobre los estatutos de las Fuerzas Armadas de la OTAN no cubren ese tipo de transporte ilegal ni pueden eximir de aplicar las obligaciones imperativas del Convenio Europeo (CEDH).

Los derechos humanos presumiblemente violados por los estados europeos no permiten excepciones o matizaciones ni tan siquiera en tiempos de guerra; están en nuestras constituciones y en los convenios internacionales que hemos aceptado. Con esos secuestros, detenciones ilegales, transporte ilegal transnacional de personas para ser torturadas, se ha violado el respeto a la dignidad humana, el derecho a la libertad y la seguridad, el derecho a no ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado que practique la tortura o el trato inhumano (non refoulement), el derecho a un recurso efectivo, a un juicio justo y la prohibición de torturas y otros tratos inhumanos o degradantes.

Como decía uno de los informes es “la historia de seres humanos que, en muchos casos y sólo tras años de detención, han sido declarados totalmente ajenos a los hechos de los que se les acusaba. Se trata de personas a las que se negaron los derechos más elementales, con frecuencia obligadas a sufrir tratos degradantes y humillantes”.

Si hubo consentimiento de los países europeos, exonerará a EEUU del hecho ilícito de la utilización ilegal del territorio de otros estados, pero no a los estados europeos de haber ayudado o colaborado en la comisión de actos ilícitos de otro Estado, así como de la violación de derechos humanos protegidos por el CEDH por parte de los estados y de la eventual responsabilidad penal de cuantas personas activamente los consintieron o los toleraron con su pasividad.

A diferencia del Parlamento europeo, que supo estar al lado del Estado de Derecho, no se puede comprender la cobardía moral del Consejo de ministros de la UE que debió velar por el respeto del artículo 6 del Tratado de la Unión, ni de numerosos gobiernos democráticos de Europa cuando se negaron a hacer investigaciones ni a solicitar explicaciones a EEUU y exigir listas creíbles de las personas transportadas.

Tampoco las listas negras de Naciones Unidas (incluyendo a personas y organizaciones sospechosas de terrorismo) son un modelo de respeto a la Declaración Universal: violan sus reglas fundamentales del “derecho al juicio justo” (cargos concretos, derecho de defensa y de apelación…). El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha reconocido que, si bien procede luchar por todos los medios legales contra el terrorismo, la aplicación de las listas negras mediante normas comunitarias han violado “los derechos de defensa, y en particular del derecho a ser oídos y del principio de tutela judicial efectiva” (sentencia de 8 de septiembre de 2008, Kadi).

Las innumerables víctimas del terrorismo internacional merecen justicia. Pero no hay crímenes buenos ni verdugos benefactores en un Estado de Derecho. Sesenta años después de la Declaración Universal hemos asistido a la mayor violación de los derechos humanos cometida por estados democráticos. En Europa y hasta finales de 2005.

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