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Subvenciones del Instituto de la Mujer a las corporaciones locales

02/12/2008
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Orden de la Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración de 25 de noviembre de 2008, por la que se modifica la Orden de 20 de marzo de 2007, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las bases reguladores y se aprueba la convocatoria de subvenciones por el Instituto de la Mujer a las Corporaciones Locales de la Región de Murcia, para la construcción y equipamiento de viveros de empresas para mujeres, cofinanciadas con Fondos FEDER (BORM de 1 de diciembre de 2008). Texto completo.

ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICA SOCIAL, MUJER E INMIGRACIÓN DE 25 DE NOVIEMBRE DE 2008, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE MARZO DE 2007, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORES Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES POR EL INSTITUTO DE LA MUJER A LAS CORPORACIONES LOCALES DE LA REGIÓN DE MURCIA, PARA LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE VIVEROS DE EMPRESAS PARA MUJERES, COFINANCIADAS CON FONDOS FEDER.

Mediante Orden de 20 de marzo de 2007, de la Consejería de Presidencia, se establecieron las bases reguladoras y se aprobó la convocatoria de subvenciones por el Instituto de la Mujer a las Corporaciones Locales de la Región de Murcia, para la construcción y equipamiento de viveros de empresas para mujeres, cofinanciadas con fondos FEDER correspondientes al periodo 2007-2013.

En el artículo 15 de la citada Orden, se estableció el procedimiento de pago de las subvenciones concedidas al amparo de la misma, contemplándose el pago anticipado de las cantidades correspondientes a las dos anualidades que comprende, 2007 y 2008, previa la presentación, para este último ejercicio, de la documentación a que se refiere el apartado b) del citado artículo.

Dado que, por causas no imputables a los beneficiarios de las subvenciones de referencia, no será posible la aportación de la citada documentación en los plazos indicados en dicho artículo, se considera conveniente añadir un nuevo apartado al mismo, de forma que pueda hacerse efectivo el importe de la subvención concedida correspondiente al presente ejercicio presupuestario.

En su virtud, a propuesta de la Directora del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia, y en uso de las facultades que me atribuye el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Dispongo:

Artículo 1.

Se modifica el artículo 15.2 de la Orden de 20 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria por el Instituto de la Mujer a las Corporaciones Locales de la Región de Murcia, para la construcción y equipamiento de viveros de empresas para mujeres, cofinanciadas con Fondos FEDER, al que se añade un nuevo apartado c) con la siguiente redacción:

“El importe de la subvención concedida correspondiente al ejercicio 2008, para proyectos de construcción y equipamiento cuyo plazo de ejecución supere el 31 de diciembre del citado ejercicio, se abonará con carácter anticipado, anticipado, una vez que el beneficiario haya presentado, al menos, documento acreditativo del anuncio de licitación del contrato de obras en el perfil del contratante”.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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