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Ficheros de datos de carácter personal

11/08/2008
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Decreto 146/2008, de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal “Perfil de Contratante” (BOA de 8 de agosto de 2008). Texto completo.

DECRETO 146/2008, DE 22 DE JULIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE CREA EL FICHERO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL “PERFIL DE CONTRATANTE”

La Ley Orgánica 15/1999 Vínculo a legislación, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece en su artículo 20 tanto la obligación de crear, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos de carácter personal, mediante una disposición de carácter general, como la de indicar en ella todos los contenidos que expresamente especifica.

El Decreto 98/2003 Vínculo a legislación, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero. Asimismo concreta, en los mismos términos que los establecidos en el artículo 20 de la Ley Orgánica, los contenidos que deben figurar en los Decretos autonómicos de creación y modificación de ficheros.

En virtud del artículo 21 Vínculo a legislación del Decreto 224/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia, la competencia para la elaboración de textos normativos en materia de contratación y la elaboración, implantación y desarrollo de propuestas que garanticen el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma, reside en la Dirección General de Organización Inspección y Servicios.

La Orden de 11 de Vínculo a legislación junio de 2008 del Departamento de Presidencia, por la que se establece el sistema informático Perfil de Contratante del Portal del Gobierno de Aragón, establece en su artículo 7.3 que el resto de entes del sector público, que no sean Departamentos y Organismos Públicos, para la utilización del sistema informático, deberán dirigir una solicitud a la Inspección General de Servicios junto con los datos personales de los usuarios, si es personal con facultad para ordenar y firmar los anuncios correspondientes.

La citada Orden prevé igualmente la celebración de Convenios para la utilización del sistema informático por parte de otras Administraciones e Instituciones, siendo una de las obligaciones de las entidades firmantes facilitar los datos de los usuarios del sistema.

Por todo ello, a iniciativa y propuesta del Departamento de Presidencia, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 22 de julio de 2008,

DISPONGO

Artículo 1.-Objeto.

1.-El objeto de este Decreto es la creación del fichero de datos de carácter personal “Perfil de Contratante”, tal y como figura en el anexo de este Decreto, que recoge las indicaciones señaladas en el artículo 20.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el artículo 2 Vínculo a legislación del Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 2.-Responsabilidad sobre los ficheros.

Corresponde al titular del órgano responsable del fichero adoptar las medidas necesarias para garantizar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos y hacer efectivo el ejercicio de los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación que, en su caso, sean solicitados por los interesados.

Artículo 3.-Información a los afectados.

Los afectados, respecto de los cuales se solicitan datos de carácter personal, serán previamente informados de modo expreso, en los términos previstos en el artículo 5 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, salvo en los supuestos exceptuados en la Ley.

Artículo 4.-Régimen de protección de datos.

1.-El fichero que se crea mediante este Decreto queda sometido a las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999 Vínculo a legislación, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal.

2.-Los datos registrados en el fichero regulado en este Decreto se usarán exclusivamente para la finalidad y usos para los que fue creado.

3.-El fichero regulado en este Decreto se ajustará, en todo caso, a las medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007 Vínculo a legislación, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Artículo 5.-Inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 39.2 Vínculo a legislación a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el presente fichero será inscrito en el Registro General de Protección de Datos.

Disposición Final ònica. Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

ANEXO

FICHERO DE DATOS “PERFIL DE CONTRATANTE”

1.-Finalidad y uso del fichero:

La finalidad del fichero es la de recoger en él los datos de usuarios (firmantes y proponentes) del sistema informático Perfil

de Contratante del Portal del Gobierno de Aragón, del resto de entes del sector público que no sean Departamento ni Organismos públicos y de otras Administraciones Públicas o Instituciones.

El uso previsto es el de dar acceso a dichos usuarios al sistema informático Perfil de Contratante para su utilización por parte de las mencionadas entidades.

2.-Personas o colectivos sobre los que se recaban datos de carácter personal:

Todos aquellos empleados públicos y personal laboral al servicio del resto de entes del sector público, Administraciones e Instituciones que soliciten utilizar el sistema informático y que sean usuarios del mismo.

3.-Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

El procedimiento de recogida de datos previsto es a través de la utilización del formulario que será facilitado por la Inspección General de Servicios a los entes que soliciten utilizar el sistema informático Perfil de Contratante así como a las Administraciones o Instituciones que convenien con el Gobierno de Aragón con esta finalidad.

En todo caso, en estos modelos se hará constar que el contenido del fichero se ajusta a la legislación de protección de datos y se informará a los interesados en los términos del artículo 5 Vínculo a legislación de la La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

4.-Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Datos de identificación:

-Nombre y Apellidos

-D.N.I.

-Dirección (electrónica)

-Firma electrónica

Datos de detalles de empleo

-Entidad/Administración/Institución a la que pertenece.

-Unidad a la que pertenece

-Cargo

Se incluirá también la información de la denominación y dirección postal de la entidad o institución.

5.-Cesiones de datos de carácter personal:

No se prevén cesiones de datos de carácter personal

6.-Órgano responsable del fichero:

El órgano responsable del fichero es la Dirección General de

Organización, Inspección y Servicios.

7.-Servicios o Unidades ante las que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos de carácter personal se podrán ejercer ante la Inspección General de Servicios, P.º M.ª Agustín, 36 (Pta. 28-2.ª planta), 50071 Zaragoza.

8.-Medidas de seguridad:

Nivel Básico

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