ORDEN DEF/1786/2008, DE 20 DE JUNIO, POR LA QUE SE FIJAN LAS PLANTILLAS REGLAMENTARIAS DE OFICIALES GENERALES Y CORONELES DE LAS FUERZAS ARMADAS, PARA EL CICLO 2008-2009.
La disposición transitoria primera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, establece que continuarán en vigor las plantillas aprobadas por el Real Decreto 1311/2004, de 28 de mayo, por el que se fijan las plantillas reglamentarias de cuadros de mando de las Fuerzas Armadas para el período 2004-2009. Igualmente faculta al Ministro de Defensa para fijar las plantillas de oficiales generales y coroneles para los ciclos 2007-2008 y 2008-2009.
El artículo 16.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, establece que existirá una plantilla específica de oficiales generales para dotar los puestos asignados a los distintos cuerpos militares y una plantilla indistinta para dotar los puestos en los órganos centrales, incluido el Estado Mayor de la Defensa, y en los demás organismos del Ministerio de Defensa, que no estén expresamente asignados a un cuerpo determinado. En la plantilla indistinta estarán incluidos los puestos que se puedan ocupar en la Presidencia del Gobierno y, si se trata de puestos orgánicos relacionados con la seguridad y defensa, en otros departamentos ministeriales, dejando de existir la plantilla adicional máxima de oficiales generales establecida en la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
Con la aprobación de la Orden DEF/4/2008, de 11 de enero, se fijaron las plantillas reglamentarias de oficiales generales y coroneles de las Fuerzas Armadas para el ciclo 2007-2008, iniciando los ajustes para alcanzar los efectivos previstos en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, siendo necesario continuar con dichos ajustes en cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
En su virtud, dispongo:
Apartado único. Aprobación de plantillas.
1. La plantilla específica de oficiales generales y la plantilla de coroneles para el ciclo 2008-2009 son las que figuran en el anexo a esta orden ministerial.
2. La plantilla indistinta de oficiales generales para el ciclo 2008-2009 será de 48.
Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/4/2008, de 11 de enero, por la que se fijan las plantillas reglamentarias de oficiales generales y coroneles de las Fuerzas Armadas para el ciclo 2007-2008.
Se modifica el punto 1 del apartado único de la Orden DEF/4/2008, de 11 de enero, por la que se fijan las plantillas reglamentarias de oficiales generales y coroneles de las Fuerzas Armadas para el ciclo 2007-2008, en lo que se refiere a la plantilla específica de oficiales generales del Cuerpo General del Ejército del Aire, en el sentido de que la plantilla de teniente general y general de división será de 4 y 12, respectivamente.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día 1 de julio de 2008, salvo lo establecido en su disposición final primera, que surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
ANEXOS
Omitidos.