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Derecho a la vivienda

09/06/2008
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Ley Foral 9/2008, de 30 de mayo, del derecho a la vivienda en Navarra (BON de 6 de junio de 2008). Texto completo.

La Ley Foral 9/2008 tiene por objeto contribuir a garantizar, mediante la introducción de nuevas medidas en la Ley Foral 8/2004 Vínculo a legislación, de 24 de junio, de Protección Pública a la Vivienda en Navarra, el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

La Ley Foral 8/2004, de 24 de junio, de protección pública a la vivienda en Navarra puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación de Iustel.

LEY FORAL 9/2008, DE 30 DE MAYO, DEL DERECHO A LA VIVIENDA EN NAVARRA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 47 Vínculo a legislación de la Constitución Española reconoce el derecho de los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, y recoge el mandato dirigido a las Administraciones Públicas para que en ejercicio de sus competencias y potestades establezcan los medios para hacer efectivo el derecho.

En este sentido la Comunidad Foral de Navarra se encuentra a la cabeza en la construcción de vivienda protegida, y ha sido pionera legislando en materia de vivienda. Tanto la Ley Foral 8/2004 Vínculo a legislación, de 24 de junio, de Protección Pública a la Vivienda, como la Ley Foral 35/2002 Vínculo a legislación, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, que fueron innovadoras en sus propuestas y han sido referente para otras Comunidades, se han mostrado como instrumentos válidos y eficaces.

No obstante, actualmente la vivienda se ha convertido en una de las mayores preocupaciones de la sociedad navarra dadas las dificultades económicas que para las unidades familiares con rentas más limitadas supone el acceso al mercado de la vivienda libre.

De esta manera resulta necesario seguir avanzando y trabajando para establecer las condiciones, medidas y procedimientos que permitan llenar plenamente de contenido el derecho al disfrute de una vivienda de toda la ciudadanía, y fijar las bases hacia el reconocimiento de un derecho subjetivo en esta materia.

Artículo primero.

La presente Ley Foral tiene por objeto contribuir a garantizar, mediante la introducción de nuevas medidas en la Ley Foral 8/2004 Vínculo a legislación, de 24 de junio, de Protección Pública a la Vivienda en Navarra, el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada a tenor de lo establecido en la Constitución Española Vínculo a legislación en su artículo 47.

Disposición adicional única.

El Gobierno de Navarra, durante el presente periodo de sesiones, presentará en el Parlamento de Navarra un proyecto de Ley Foral de modificación de la Ley 8/2004 Vínculo a legislación, de 24 de junio, de protección Pública a la Vivienda en Navarra, que recoja cuantas medidas se estimen oportunas para mejor garantía de este derecho y que incluirá la revisión y mejora del tratamiento legal de la cuenta ahorro vivienda. Una vez aprobada, pasará a denominarse Ley Foral del Derecho a la Vivienda en Navarra,

Disposición final.-La presente Ley Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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