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  • EDICIÓN DE 15/09/2006
 
 

OFICINA CONSULAR HONORARIA EN YEREVAN

15/09/2006
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Orden AEC/2857/2006, de 4 de septiembre, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Yerevan (Armenia) (BOE de 18 de septiembre de 2006). Texto completo.

§1019027

ORDEN AEC/2857/2006, DE 4 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA EN YEREVAN (ARMENIA).

La apertura de un Consulado Honorario en Armenia mitigará, en parte la inexistencia de una representación oficial de España en este país y también permitirá poder disponer de una herramienta de gran valor a la hora de mantener contactos con las autoridades de este país. A todo ello hay que añadir el fomento de la presencia económica española, ya que existen algunos empresarios españoles instalados en Armenia; la consolidación de la cooperación cultural, ya que se va a instalar una “antena” del Instituto Cervantes en Yerevan, en el marco de un acuerdo bilateral entre ambos países; la participación en el proceso de actualización de acuerdos internacionales entre los dos estados, lo que incrementará la presencia de delegaciones españolas en Armenia y por último la existencia de una mínima colonia española que justificaría en sí misma la creación de un Consulado Honorario. Todas estas circunstancias hacen necesaria la creación de una Oficina Consular Honoraria en Yerevan (Armenia), con el fin de poder prestar a los ciudadanos españoles la atención que necesiten.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Moscú y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares y de la Dirección General de Política Exterior para Europa y América del Norte, he tenido a bien disponer:

Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Yerevan (Armenia), con categoría de Consulado Honorario, con jurisdicción en todo el territorio de Armenia y dependiente del Consulado General de España en Moscú.

Segundo.-El Jefe de esta Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

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