Diario del Derecho. Edición de 23/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/12/2004
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 5/2004

30/12/2004
Compartir: 

Decreto 104/2004 de 23 de diciembre, por el que se modifica el decreto 5/2004, de 23 de enero, por el que se crea y regula el Instituto de Estrategia Turística de les Illes Balears (BOCAIB de 30 de diciembre de 2004). Texto completo.

DECRETO 104/2004 DE 23 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 5/2004, DE 23 DE ENERO, POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL INSTITUTO DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LES ILLES BALEARS

El Decreto 5/2004, de 23 de enero creó y reguló el Instituto de Estrategia Turística de les Illes Balears, este Instituto se constituyó como una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad de actuar, su actividad se ajusta al ordenamiento jurídico privado y se desarrolla en tres áreas: Calidad Turística, Investigación y Tecnologías Turísticas e Inversiones para la mejora del Entorno Turístico.

La Ley 3/1989, de 29 de marzo, de entidades autónomas y empresas públicas vinculadas de la comunidad autónoma de les Illes Balears establece, en el articulo 16, que “la actividad de estas empresas se ha de someter a las normas de derecho mercantil, civil o laboral, sin perjuicio de las materias a que se aplica la Ley presente, de las exceptuadas por la ley de creación o por decreto de desarrollo, las actividades referentes a las relaciones de tutela con la Administración”. El Decreto 5/2004, de 23 de enero, de creación y regulación del Instituto de Estrategia Turística establece en el articulo 2.1 que éste se encuentra adscrito a la consejería competente en materia de turismo y puede realizar, en régimen privado, cualquier tipo de actividad que sea necesaria para el cumplimiento de sus finalidades.

Últimamente, la consejería de Turismo tiene un volumen de trabajo muy superior al que venía siendo habitual, por este motivo, sería necesaria la colaboración de la entidad INESTUR, dentro de sus posibilidades, para que la consejería pueda dar una respuesta eficaz a la carga de trabajo antes mencionada.

Es por esta razón que es necesario modificar el objeto social de INESTUR, previsto en el articulo 2 del Decreto 5/2004, de 23 de enero y añadir a éste la posibilidad de que esta entidad colabore con la Consejería de Turismo.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Turismo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión de 23 de diciembre de 2004 DECRETO

Artículo único Se añade al articulo 2 del Decreto 5/2004, de 23 de enero por el que se crea y regula el Instituto de Estrategia Turística de les Illes Balears un punto noveno, con la redacción siguiente:

“Artículo 2.9 También INESTUR colaborará con la Consejería de Turismo cuando ésta lo solicite, aportando los medios necesarios, en la medida de sus posibilidades, para dar apoyo en la realización de funciones de gestión y tramitación administrativas.”

Disposición final primera Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Butlletí Oficial de les Illes Balears”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana