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  • EDICIÓN DE 27/12/2004
 
 

PRIMER CURSO DEL PODER JUDICIAL SOBRE LA NUEVA LEY DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

27/12/2004
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La vocal del Consejo General del Poder Judicial y presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica, Monserrat Comas, ofrecerá en Valencia el primer curso para profesionales tras la reciente aprobación de Ley Orgánica de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Este ciclo formativo, que comenzará en febrero de 2005, reunirá a más de 30 especialistas en violencia doméstica y se abordará desde dos ópticas; una destinada a los letrados, cuerpos de seguridad del Estado, magistrados, trabajadores sociales y psicólogos, entre otros profesionales, que necesiten especializarse en cuestiones relativas a violencia doméstica, y que servirá de continuación al primer curso celebrado este mismo año. Y otra línea formativa que abordará exclusivamente las novedades legislativas y de aplicación que aporta la nueva Ley Orgánica.

Fernando Alandete, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, se ha mostrado satisfecho con el espíritu del borrador de la ley, ya que reúne en un mismo texto medidas preventivas, asistenciales, de protección y de sensibilización, con derechos laborales y económicos para las víctimas y un nuevo tratamiento penal para el agresor. Si bien, el Decano considera que, mientras no se haga público el texto, sólo conocemos las líneas básicas del documento.

Con la entrada en vigor de esta normativa, las víctimas tendrán garantizado el derecho a la información, a la asistencia social integral y a la asistencia jurídica gratuita con la nueva ley, que define la violencia de género como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.

No obstante, el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia ha manifestado que, desde la Abogacía, se considera fundamental insistir en que la violencia doméstica, sea cual sea el género del que la recibe y la sufre, es una vulneración de los derechos humanos fundamentales y, por tanto, es obligación de los Estados garantizar la vida, la libertad y la seguridad personal de las víctimas.

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