Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/12/2004
 
 

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ACCESO DE EXTRANJEROS A LA CONDICIÓN DE MILITAR PROFESIONAL DE TROPA Y MARINERÍA

02/12/2004
Compartir: 

Real Decreto 2266/2004, de 3 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería, aprobado por el Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre (BOE de 4 de diciembre de 2004). Texto completo.

REAL DECRETO 2266/2004, DE 3 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ACCESO DE EXTRANJEROS A LA CONDICIÓN DE MILITAR PROFESIONAL DE TROPA Y MARINERÍA, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1244/2002, DE 29 DE NOVIEMBRE

El actual Reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería, aprobado por el Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre, establece en su artículo 3.1 que el cupo máximo, con vigencia inicial de tres años, de extranjeros en las Fuerzas Armadas con la condición de militar profesional de tropa y marinería será del dos por ciento del total de los efectivos de esta categoría, y que, finalizado el periodo inicial de vigencia, el Ministro de Defensa podría modificar dicho porcentaje atendiendo a ciertos parámetros esencialmente amparados en la evaluación del desarrollo y eficacia del acceso de extranjeros a las Fuerzas Armadas.

A partir de la experiencia adquirida desde la entrada en vigor del mencionado real decreto, vista la positiva evaluación del personal extranjero que se ha venido incorporando a las Fuerzas Armadas, considerado el incremento de este colectivo en la sociedad española y para facilitar su presencia e integración en nuestra realidad social, es aconsejable variar la previsión inicial con el aumento de este porcentaje aunque no haya transcurrido el periodo de tres años citado.

El apartado 4 del artículo 68 bis de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fueras Armadas, modificada por la Ley 32/2002, de 5 de julio, al objeto de permitir el acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería, autoriza el desarrollo reglamentario para concretar, entre otras condiciones y procedimientos de acceso, el cupo y, en su caso, el porcentaje de vacantes que se ofertarán para el acceso de extranjeros.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Defensa, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de diciembre de 2004, DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería, aprobado por el Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre.

Se modifica el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento de acceso de extranjeros a la condición de militar profesional de tropa y marinería, aprobado por el Real Decreto 1244/2002, de 29 de noviembre, que queda redactado del siguiente modo:

“1. El cupo máximo, con vigencia de tres años, de extranjeros en las Fuerzas Armadas con la condición de militar profesional de tropa y marinería será el siete por ciento del total de efectivos de tropa y marinería profesional a que se refiere el apartado 1 del artículo 19 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.” Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  3. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana