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ADOPCIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE FOGARS DE MONTCLÚS

15/11/2004
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Resolución GAP/3064/2004, de 29 de octubre, por la que se da conformidad a la adopción de la bandera del municipio de Fogars de Montclús (DOGC de 15 de noviembre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN GAP/3064/2004, DE 29 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE DA CONFORMIDAD A LA ADOPCIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE FOGARS DE MONTCLÚS

El 21 de septiembre de 2004, el Pleno del Ayuntamiento de Fogars de Montclús (Vallès Oriental) adoptó el acuerdo de aprobar la bandera municipal.

El 14 de junio de 2004, la Sección Histórico-arqueológica del Institut d'Estudis Catalans emitió dictamen favorable sobre el expediente.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 37 y 38 del Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, y los artículos 9, 30, 31 y concordantes del Reglamento de los símbolos de los entes locales de Cataluña, aprobado por el Decreto 263/1991, de 25 de noviembre,

Resuelvo:

.1 Dar conformidad a la adopción de la bandera del municipio de Fogars de Montclús, organizada de la siguiente forma:

Bandera apaisada, de proporciones dos de alto por tres de largo, tricolor horizontal negra, con la hoguera amarilla del escudo centrada en el primer tercio vertical, blanca y amarilla.

.2 Inscribir la citada bandera en el Registro de los entes locales de Cataluña, sección de símbolos, subsección de banderas.

.3 Publicar esta Resolución en el DOGC.

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