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SUBVENCIONES A LOS CONSEJOS COMARCALES EN MATERIA DE INFORMACIÓN A LOS CONSUMIDORES Y DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS

04/11/2004
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Orden CTC/384/2004, de 18 de octubre, por la que se modifica la Orden CTC/224/2004, de 1 de junio, por la que se hace pública la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a los consejos comarcales en materia de información a los consumidores y defensa de los consumidores y usuarios para el año 2004 (código de ayuda Z03) (DOGC núm. 4166, pág. 12714, de 1.6.2004) (DOGC de 3 de noviembre de 2004). Texto completo.

ORDEN CTC/384/2004, DE 18 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN CTC/224/2004, DE 1 DE JUNIO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A LOS CONSEJOS COMARCALES EN MATERIA DE INFORMACIÓN A LOS CONSUMIDORES Y DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS PARA EL AÑO 2004 (CÓDIGO DE AYUDA Z03) (DOGC NÚM. 4166, PÁG. 12714, DE 1.6.2004)

Mediante la Orden de 5 de febrero de 2001 se aprobaron las bases para el otorgamiento de subvenciones a los consejos comarcales en materia de información a los consumidores y defensa de los consumidores y usuarios; la Orden CTC/224/2004, de 1 de junio, abrió la convocatoria correspondiente al ejercicio de este año.

La Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2004, prevé que la cantidad máxima que podrá destinarse a estas ayudas será de 305.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria CO.02.460.38.00.00.

Por eso, a propuesta de la Subdirección General de Consumo, y en ejercicio de las atribuciones legales que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Se modifica el artículo 3 de la Orden CTC/224/2004, de 1 de junio, por la que se hace pública la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones a los consejos comarcales en materia de información a los consumidores y defensa de los consumidores y usuarios para el año 2004 (código de ayuda Z03) (DOGC núm. 4166, pág. 12714, de 1.6.2004) la cual queda redactada de la manera siguiente:

“Artículo 3

“La cantidad máxima que podrá destinarse a estas ayudas para el año 2004 es de 305.000,00 euros a cargo de la partida CO.02.460.38.00.00”.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

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