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COMISIÓN DE SECRETARIOS GENERALES

22/10/2004
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Decreto 112/2004, de 21 de octubre, por el que se modifica el Decreto 1/2004, de 8 de enero, por el que se regula el funcionamiento y las competencias de la Comisión de Secretarios Generales (BOCYL de 22 de octubre de 2004). Texto completo.

DECRETO 112/2004, DE 21 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 1/2004, DE 8 DE ENERO, POR EL QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO Y LAS COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE SECRETARIOS GENERALES

El Decreto 1/2004, de 8 de enero, establece el funcionamiento y las competencias de la Comisión de Secretarios Generales, regulando, entre otras cuestiones, la presidencia de dicha Comisión.

Con fecha 11 de octubre de 2004 y mediante Acuerdo del Presidente de la Junta de Castilla y León, se dispone el nombramiento de Vicepresidenta Primera de la Junta de Castilla y León.

Entre otras funciones, corresponderá a la Vicepresidenta Primera la coordinación política general de las Consejerías, especialmente en los asuntos que deban someterse a la consideración de la Junta de Castilla y León, a cuyo efecto ostentará la presidencia de la Comisión de Secretarios Generales.

Dado que la composición de dicha Comisión viene regulada por el Decreto 1/2004, de 8 de enero, resulta necesario proceder a la modificación del mismo en lo relativo a la presidencia de dicho órgano.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 21 de octubre de 2004

DISPONE

Artículo Único.– Modificar el artículo 1, apartado 1, del Decreto 1/2004, de 8 de enero, por el que se regula el funcionamiento y las competencias de la Comisión de Secretarios Generales, que queda redactado en los siguientes términos:

“1.– Son miembros de la Comisión de Secretarios Generales la Vicepresidenta Primera a la que corresponderá su presidencia, así como los Secretarios Generales de las distintas Consejerías.”

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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