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  • EDICIÓN DE 21/10/2004
 
 

AYUDAS PARA LA CREACIÓN DE OFICINAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

21/10/2004
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Decreto 150/2004, de 14 de octubre, por el que se modifica el Decreto 90/2004, de 15 de junio, por el que se conceden ayudas a las Mancomunidades de Municipios para la creación de Oficinas de Prevención de Riesgos Laborales (DOE de 21 de octubre de 2004). Texto completo.

DECRETO 150/2004, DE 14 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 90/2004, DE 15 DE JUNIO, POR EL QUE SE CONCEDEN AYUDAS A LAS MANCOMUNIDADES DE MUNICIPIOS PARA LA CREACIÓN DE OFICINAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La Junta de Extremadura, en aplicación de los sucesivos Planes de Empleo e Industria convoca ayudas a las Mancomunidades de Municipios para la contratación de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales, consciente de la importante función que estas Entidades tienen para el cumplimiento de las competencias de los Municipios que la integran, por lo que ha fomentado la contratación de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales a través de la concesión de subvenciones de que es objeto el Decreto 90/2004.

Para el año 2004, las ayudas previstas en el Decreto 90/2004, asciende a la cantidad de 194.877,525 euros.

Dado el carácter Social de la medida y la concurrencia competitiva del procedimiento ha motivado que el número de solicitudes de la ayuda haya sido elevado y, por consiguiente, algunas mancomunidades, aún reuniendo los requisitos para su obtención, quedarán excluidas de la misma por obtener algunas décimas inferiores a las puntuaciones de otras mancomunidades.

Dado el objetivo de la subvención, el carácter social de la misma y la generación de empleo, se propone realizar la modificación de la cuantía que aparece en el Decreto 90/2004, de 15 de junio, incrementándose en una cantidad de 76.540,44 euros, por lo que la nueva asignación económica para hacer frente a la Subvención por el que se conceden ayudas a las Mancomunidades de Municipios para la creación de Oficinas de Prevención de Riesgos Laborales, asciende a la cantidad de 271.417,97 euros, facilitando, por tanto, la generación de empleo y el Fomento de la Prevención de Riesgos laborales entre las Administraciones de la Comunidad Autónoma.

La cuantía máxima de la subvención a conceder seguirá siendo de veinticuatro mil euros (24.000 euros), por técnico contratado y en ningún caso la cuantía concedida podrá ser superior al coste real del puesto de trabajo (salario y seguridad social).

Con esta finalidad, se introduce la modificación del artículo 7.1 del Decreto 90/2004, de 15 de junio, por el que se conceden Ayudas a las Mancomunidades de Municipios para la creación de oficinas de Prevención de Riesgos Laborales.

Por todo lo anterior, en virtud de las atribuciones que me confiere la legislación vigente, a propuesta del Consejero de Economía y Trabajo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 14 de octubre de 2004, DISPONGO

Artículo Único.- Modificación Se modifica el artículo 7.- Financiación, en su punto primero, del Decreto 90/2004, de 15 de junio, quedando redactado de la siguiente forma:

“Las ayudas previstas en el presente Decreto se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 19.02.322A.469, Código de Superproyecto 2001.19.02.9002 y código de proyecto 2001.19.02.0004 o la correspondiente de los siguientes ejercicios presupuestarios para subvencionar la contratación de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Mancomunidades. La cuantía asciende a 271.417,97 euros para el año 2004”.

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