Diario del Derecho. Edición de 28/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/10/2004
 
 

DELINCUENCIA SEXUAL, DELINCUENCIA “DE SANGRE”; por Manuel Cobo del Rosal, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Complutense de Madrid

19/10/2004
Compartir: 

Ayer, 19 de octubre, se publicó en el diario La Razón un artículo de Manuel Cobo del Rosal, en el cual, el autor afirma que el principio de igualdad, consagrado por la Constitución, no exige una igualdad de tratamiento penitenciario para aquellos que no son iguales. Así considera que el tratamiento penitenciario está presidido básica y esencialmente por un método de clasificación y, sobre todo, de individualización. Transcribimos un resumen de dicho artículo.

DELINCUENCIA SEXUAL, DELINCUENCIA “DE SANGRE”

Según se dice, los “psicólogos y educadores de la cárcel barcelonesa de Brians, están desolados”, pues su trabajo de años no ha servido para nada, en opinión del autor, absolutamente para nada. Esta confesión de impotencia, enunciada a modo de frustración profesional, es considerada por el autor como una fuerte crítica al sistema penitenciario español que, con más o menos ligereza, permite otorgar permisos temporales de salida.

Considera que el delincuente sexual violento no es más que un psicópata, debido a que se le presentan y de forma, a veces desmedida, sus apetencias e impulsos sexuales, que pretende satisfacer, incluso agrediendo y matando. No cree el autor que el principio de igualdad, consagrado por la Constitución, exija una igualdad de tratamiento penitenciario para aquellos que no son iguales. El tratamiento penitenciario está presidido básica y esencialmente por un método de clasificación y, sobre todo, de individualización. Y si es así, o quizá deba ser así, pues no cabe duda de que todos los delincuentes sexuales violentos deben ser objeto de una muy diferenciada y cauta, por no decir prudente, observación y tratamiento diferenciado penitenciario en relación con los demás.

Entiende Manuel Cobo del Rosal que la concesión de permisos penitenciarios encierra, más que nada, un pronóstico casi profético para el que no están preparados ni los juristas, ni tampoco profesional de disciplina alguna, sea psiquiatra, psicólogo o pedagogo. Por esa razón, el Derecho penal clásico, siempre entendió que el carácter más fundamental de la pena para que sea eficaz en su función preventiva, es el de su “infalibilidad”, y no la de su crueldad o la mayor duración de esa pérdida de la libertad, ordenada por sentencias judiciales.

Y en esta línea, el autor afirma que él no habría concedido al presunto asesino que violó a las jóvenes policías el premio del permiso de salida, por las razones siguientes: a. porque es un reincidente, o mejor, plurirreincidente, con al menos condenas de 15 y 52 años de cárcel; b. porque es un delincuente calificado como psicópata sexual; y c. porque la observación de su mirada intuitivamente le habría llevado a la más contundente negativa.

A su juicio es un modelo de lo que no se debe hacer con un preso como él. Considera que permanecer indiferentes ante casos como éste es, absolutamente, inmoral e insolidario, cuando más no se debe ser, como es con el dolor humano. Aquí, en opinión del autor, ha fallado todo: el sistema legal, judicial y penitenciario.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional investiga el incidente de Vallecas como posible terrorismo yihadista
  2. Actualidad: El Supremo revisa hoy la libertad de Ábalos y Koldo tras situarles a un paso de juicio por la trama de mascarillas
  3. Estudios y Comentarios: Críticas “políticas” a la condena al fiscal general; por Agustín Pérez-Cruz, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Oviedo
  4. Estudios y Comentarios: El primer viaje de León XIV: Turquía y el Líbano; por Rafael Navarro-Valls, catedrático Emérito y Profesor de Honor Vitalicio de la Universidad Complutense de Madrid
  5. Actualidad: El TS envía a Ábalos y Koldo a prisión por riesgo "extremo" de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas
  6. Estudios y Comentarios: Dean Spielmann, Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, y la autoamnistía; por Enrique Gimbernat, catedrático emérito de la Universidad Complutense de Madrid
  7. Legislación: Estrategia de Acción Exterior y ante la Unión Europea de la Junta de Andalucía 2025-2030
  8. AN, TSJ, AAPP: Establece la AN que no informar a los representantes de los trabajadores de los algoritmos empleados por la empresa para la asignación de libranzas, vulnera el derecho a la libertad sindical
  9. Actualidad: El TJUE establece que todo Estado miembro debe reconocer el matrimonio homosexual contraído en otro país de la UE
  10. Tribunal Supremo: Cuando se alegue la presentación electrónica de una solicitud de inicio de procedimiento administrativo y no quede debidamente registrada, es necesario que la Administración otorgue un plazo para su subsanación

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana