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  • EDICIÓN DE 05/10/2004
 
 

BASES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS DE CONTRATACIÓN PARA LA CATEGORÍA DE PROFESORES ASOCIADOS

05/10/2004
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Resolución 28 de septiembre de 2004, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se modifica la resolución de 5 de septiembre de 2003, del Rectorado de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueban las Bases Generales de las convocatorias de contratación, mediante el procedimiento de urgencia, que regirán en las plazas que convoquen los diferentes departamentos de esta Universidad, para la categoría de profesores asociados (BOA de 5 de octubre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN 28 DE SEPTIEMBRE DE 2004, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN DE 5 DE SEPTIEMBRE DE 2003, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS DE CONTRATACIÓN, MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA, QUE REGIRÁN EN LAS PLAZAS QUE CONVOQUEN LOS DIFERENTES DEPARTAMENTOS DE ESTA UNIVERSIDAD, PARA LA CATEGORÍA DE PROFESORES ASOCIADOS

En uso de las competencias que me atribuye el artículo 20 de la LOU 6/2001, de 21 de diciembre y los Estatutos de esta Universidad, resuelvo introducir las siguientes modificaciones en las Bases Generales de las convocatorias, mediante el procedimiento de urgencia, para la contratación de profesores asociados, aprobadas por resolución de 5 de septiembre de 2003 (“Boletín Oficial de Aragón” 110, del 10), corrección de errores de 28 de octubre de 2003 (“Boletín Oficial de Aragón” 134, de 7 de noviembre) y modificadas por resolución de 15 de enero de 2004 (“Boletín Oficial de Aragón” 12, de 28 enero).

Primera.-Se introduce un nuevo párrafo en el apartado 2.1.3. de la base 2. “Requisitos de los solicitantes y documentación a aportar”, quedando redactado de la siguiente manera:

2.1.3. Reunir el resto de requisitos generales para el acceso a puestos de trabajo de la Administración Pública (art. 30 de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado, Decreto 315/64 y concordantes) y en relación con los nacionales de los estados miembros de la Unión Europea y de otros estados distintos a los de ésta, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades y en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en la redacción dada por la LO 8/2000, de 22 de diciembre. Los nacionales de otros estados distintos a los de la Unión Europea, y aquellos de ésta para cuyos estados no sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán estar en posesión del permiso de residencia.

Segunda.-Se añade un nuevo documento en el apartado 2.2. “Documentación a presentar para ser admitido al concurso”, de la base 2. “Requisitos de los solicitantes y documentación a aportar” c) Fotocopia del permiso de residencia, en su caso.

Tercera.-Se suprime el apartado 2.4. “Documentación para compatibilidad, relativa al puesto de trabajo principal”, de la base 2. “Requisitos de los solicitantes y documentación a aportar”.

Cuarta.-Se modifica el apartado 5.2. de la base 5. “Criterios para la selección”, que queda redactado de la siguiente manera:

5.2. Los criterios de valoración que se deben aplicar al concurso para el Departamento correspondiente y área de conocimiento de las plazas, se hacen públicos mediante las correspondientes resoluciones en los Boletines Oficiales de Aragón y se encuentran expuestos en los tablones de anuncios de los departamentos convocantes y en la página de Internet:

http://wzar.unizar.es/personal/pdi/normas/selecContra/indice.htm, epígrafe “Criterios de valoración para resolver concursos de profesorado contratado” Quinta.-Se introduce un nuevo párrafo 6.10. en la base 6 “Valoración de los candidatos y propuesta de provisión” con la siguiente redacción:

6.10. Publicada la propuesta a que se refiere el apartado 6.5 anterior, el candidato o candidatos, deberán formular inmediatamente solicitud de compatibilidad, acompañada de la documentación correspondiente, ante el órgano competente y, paralelamente, presentar copia de la misma en el Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad; caso de que el interesado no haya efectuado dicha solicitud con anterioridad y a los efectos de la plaza objeto de este concurso.

Sexta.-Se modifica el apartado 11.2. de la base 11. “Formalización de los contratos”, que queda redactado de la siguiente manera:

11.2. Los contratos objeto de las respectivas convocatorias están sujetos a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y las disposiciones de desarrollo.

Séptima.-Se modifica la letra f) en el apartado 11.5. de la base 11.

“Formalización de los contratos”, que queda redactado de la siguiente manera:

f) Documentación relativa a la compatibilidad.

Octava.-Se modifica el modelo de solicitud, que figura como Anexo II, con el contenido que se acompaña a la presente.

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