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DESIGNACIÓN DE LA CAPITAL EUROPEA DE LA CULTURA 2008

28/09/2004
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Decisión del Consejo de 27 de mayo de 2004 relativa a la designación de la Capital europea de la cultura 2008 (2004/659/CE) (DOUE de 28 de septiembre de 2004). Texto completo.

DECISIÓN DEL CONSEJO DE 27 DE MAYO DE 2004 RELATIVA A LA DESIGNACIÓN DE LA CAPITAL EUROPEA DE LA CULTURA 2008 (2004/659/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión no 1419/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación “Capital europea de la cultura” para los años 2005 a 2019, y en particular el apartado 3 de su artículo 2 y su artículo 4,

Visto el informe del comité de selección de febrero de 2004, presentado a la Comisión, al Parlamento Europeo y al Consejo siguiendo el apartado 2 del artículo 2 de la Decisión nº 1419/1999/CE,

Considerando que se satisfacen plenamente los criterios establecidos en el artículo 3 y en el Anexo II de la Decisión nº 1419/1999/CE,

Teniendo en cuenta la recomendación de la Comisión de 27 de abril de 2004.

DECIDE:

Artículo 1

Se designa a Liverpool como Capital europea de la cultura 2008 con arreglo al apartado 1 del artículo 2 de la Decisión nº 1419/1999/CE.

Artículo 2

Se designa a Stavanger como Capital europea de la cultura 2008 con arreglo al artículo 4 de la Decisión nº 1419/1999/CE.

Artículo 3

Ambas ciudades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la aplicación efectiva de los artículos 1 y 5 de la Decisión nº 1419/1999/CE.

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