Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/07/2004
 
 

RECONOCIMIENTO DEL INSTITUTO BARCELONA DE ESTUDIOS INTERNACIONALES (IBEI) COMO INSTITUTO INTERUNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN

22/07/2004
Compartir: 

Orden UNI/253/2004, de 16 de julio, por la que se reconoce el Instituto Barcelona de Estudios Internacionales (IBEI) como instituto interuniversitario de investigación de la Universidad de Barcelona, de la Universidad Autónoma de Barcelona, de la Universidad Politécnica de Cataluña, de la Universidad Pompeu Fabra, de la Universitat Oberta de Catalunya y de la Fundación Centro de Información y Documentación Internacionales en Barcelona (CIDOB) (DOGC de 22 de julio de 2004). Texto completo.

ORDEN UNI/253/2004, DE 16 DE JULIO, POR LA QUE SE RECONOCE EL INSTITUTO BARCELONA DE ESTUDIOS INTERNACIONALES (IBEI) COMO INSTITUTO INTERUNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE BARCELONA, DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA, DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA, DE LA UNIVERSIDAD POMPEU FABRA, DE LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA Y DE LA FUNDACIÓN CENTRO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN INTERNACIONALES EN BARCELONA (CIDOB)

La Universidad de Barcelona, la Universidad Autónoma de Barcelona, la Universidad Politécnica de Cataluña, la Universidad Pompeu Fabra, la Universitat Oberta de Catalunya y la Fundación Centro de Información y Documentación Internacionales en Barcelona (CIDOB), mediante escritura pública de fecha 16 de marzo de 2004, han constituido una fundación privada denominada Instituto Barcelona de Estudios Internacionales.

La finalidad primordial de esta Fundación es la de ser un centro de prestigio y excelencia y un referente de primera línea en el ámbito de los estudios internacionales que prepare a las personas expertas que reclama la concepción global en las relaciones internacionales y que haga de Barcelona un polo de atracción internacional en este ámbito, y por este motivo ha solicitado al Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información su reconocimiento como instituto interuniversitario de investigación con la denominación Instituto Barcelona de Estudios Internacionales (IBEI).

De conformidad con las propuestas de los consejos sociales y previos informes de los consejos de gobierno de la Universidad de Barcelona, de la Universidad Autónoma de Barcelona, de la Universidad Pompeu Fabra, de la Universidad Politécnica de Cataluña, vistos los acuerdos de los Patronatos de la Fundación para la Universitat Oberta de Catalunya y de la Fundación Centro de Información y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB), de acuerdo con lo que establecen los artículos 23.2 y 104 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, y a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo 1

Se reconoce el Instituto Barcelona de Estudios Internacionales (IBEI) como instituto interuniversitario de investigación de la Universidad de Barcelona, de la Universidad Autónoma de Barcelona, de la Universidad Politécnica de Cataluña, de la Universidad Pompeu Fabra, de la Universitat Oberta de Catalunya y de la Fundación Centro de Información y Documentación Internacionales de Barcelona (CIDOB).

Artículo 2

Este Instituto tiene como objeto la investigación y la formación de postgrado en el ámbito de los estudios internacionales, con la finalidad de preparar a las personas expertas que reclama la concepción global en las relaciones internacionales y hacer de Barcelona un polo de atracción internacional en este ámbito.

Artículo 3

El Instituto Barcelona de Estudios Internacionales (IBEI), en tanto que instituto interuniversitario de investigación, se rige por lo que disponen la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Catalunya, la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, los estatutos de la Universidad de Barcelona, de la Universidad Autónoma de Barcelona, de la Universidad Politécnica de Cataluña, de la Universidad Pompeu Fabra, las normas de organización y funcionamiento de la Universitat Oberta de Catalunya, la carta fundacional, los estatutos y el reglamento del Instituto y el resto de normativa vigente que sea de aplicación.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  3. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana