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  • EDICIÓN DE 15/07/2004
 
 

CONCURSOS DE PRONÓSTICOS DEL JUEGO COMÚN EUROPEO

15/07/2004
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Resolución de 13 de julio de 2004, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se modifican las normas, aprobadas por Resolución de 6 de febrero de 2004, que rigen los concursos de pronósticos del juego común europeo denominado Euromillones, como modalidad de la Lotería Primitiva o de Números (BOE de 16 de julio de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 13 DE JULIO DE 2004, DE LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO, POR LA QUE SE MODIFICAN LAS NORMAS, APROBADAS POR RESOLUCIÓN DE 6 DE FEBRERO DE 2004, QUE RIGEN LOS CONCURSOS DE PRONÓSTICOS DEL JUEGO COMÚN EUROPEO DENOMINADO EUROMILLONES, COMO MODALIDAD DE LA LOTERÍA PRIMITIVA O DE NÚMEROS

Transcurrido un período de tiempo suficiente desde el comienzo de la comercialización del juego común europeo denominado Euromillones, y observado su comportamiento entre el público, se ha puesto de manifiesto la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones de la normativa por la que éste se rige, con el fin de adecuar su regulación a la experiencia observada en este período de tiempo.

Las modificaciones que ahora se introducen tienen, por un lado, el propósito de dejar abierta la posibilidad de incorporarse nuevos países a la gestión y comercialización de “Euromillones” que, actualmente, realizan las Instituciones de Loterías de España, Francia y Reino Unido, y por otro, la adaptación de la forma en que se genera el denominado “fondo garantizado” de acuerdo con la experiencia obtenida a lo largo de los sorteos realizados hasta el momento. Atendiendo a estas mismas circunstancias, se ha estimado oportuno modificar los porcentajes de distribución del fondo destinado a premios que establece la norma 6.a actualmente en vigor.

En consecuencia, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo segundo del Real Decreto 208/2004, de 6 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1360/1985, de 1 de Agosto, por el que se autoriza la explotación de Lotería Primitiva o Lotería de Números, ha resuelto aprobar lo siguiente:

Modificar la Resolución de 6 de febrero de 2004 (BOE n.o 34, de 9 de febrero) de Loterías y Apuestas del Estado, en los siguientes términos:

Primero.—El apartado 2 de la norma 1.a queda redactado como sigue:

“Dado que este juego común se comercializa junto con otros países de la Unión Europea, tienen la consideración de normas comunes con los mismos, las correspondientes a los números 3.a, 5.a, 6.a, 7.a, 8.a, 28.a, 29.a, 30.a, 31.a, 32.a, 35.a2 y 40.a 2”.

Segundo.—La norma 5.a queda redactada como sigue:

“El precio de la apuesta queda fijado en 2 euros, o su equivalente en la moneda de curso legal para los ciudadanos residentes en los países a los que pertenezcan los operadores de loterías participantes no incluidos en la Zona Euro”.

Tercero.—La distribución del fondo destinado a los premios que establece la norma 6.a, queda como sigue:

(Tabla omitida)

Cuarto.—Se da una nueva redacción a la norma 7.a, que queda como sigue:

“Se establece un fondo garantizado para la primera categoría de premios del primer sorteo de cada ciclo.

Su importe estará compuesto por el fondo destinado a los premios de la primera categoría procedente de las ventas de ese sorteo, incrementado en la cantidad que acuerden las loterías participantes. Si no hay acertantes de la primera categoría el importe del fondo garantizado incrementará el fondo de premios de la misma categoría del sorteo segundo, y así sucesivamente. Se define como ciclo el conjunto de los sorteos que se celebran hasta la existencia de acertantes de primera categoría, que podrá ser de un único sorteo cuando hubiere un ganador en el primero de ellos”.

Quinto.—Se eliminan los apartados a) y b) de la norma 8.a, quedando su redacción de la siguiente forma:

“Del fondo para premios de cada sorteo se detraerá el 16% que generará un “fondo de reserva” y que será destinado total o parcialmente para incrementar el importe destinado a premios de la 1.a categoría de cualquier sorteo”.

Disposición final.

Estas normas serán de aplicación a todas las apuestas que sean validadas desde el día 14 de agosto de 2004 para participar en los sorteos que se celebren a partir del día 20 de agosto de 2004.

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