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ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO ECONÓMICO

09/07/2004
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Resolución de 28 de junio de 2004, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se regula la estructura orgánica del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (BOPAP de 9 de julio de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 28 DE JUNIO DE 2004, DE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y EMPLEO, POR LA QUE SE REGULA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO ECONÓMICO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

La Ley del Principado de Asturias 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), en su artículo 23, establece que corresponde al Consejo Rector, a propuesta del Director General, la determinación de las áreas en las que el Instituto haya de organizarse, debiendo, de acuerdo con el artículo 13.2.j), proponer a la Consejería a la que esté adscrito, la estructura orgánica.

En cumplimiento de las citadas previsiones legales, el Consejo Rector del IDEPA, en la reunión celebrada el día 26 de junio de 2004, determinó la estructura orgánica del mismo, acordando formular propuesta a esta Consejería a efectos de su aprobación.

En consecuencia con lo anterior, a la vista de la propuesta efectuada por el IDEPA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias,

RESUELVO

Primero.—Estructura orgánica.

El Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, para el desarrollo de sus funciones, se estructura en las siguientes Áreas, dependientes del Director General:

— Área Económico-Administrativa

— Área de Internacionalización y Captación de Inversiones.

— Área de Conocimiento e Imagen

— Área de Innovación de Empresas

— Área de Proyectos Empresariales

Segundo.—Área Económico-Administrativa.

Corresponde a este Área, la dirección, ordenación, planificación y gestión de los recursos humanos del Instituto; la dirección económico-financiera y administrativa y de la asesoría jurídica; la gestión, análisis y control de la ejecución del contrato-programa y de las ayudas que concede el IDEPA; la gestión de la contratación y el régimen interior en general y la coordinación de las actuaciones del resto de las áreas en las materias señaladas.

Al frente de este Área existirá un director vinculado al IDEPA mediante un contrato laboral de carácter especial de alta dirección al amparo del Real Decreto 1.382/1985, de 1 de agosto.

Tercero.—Área de Internacionalización y Captación de Inversiones.

Para favorecer la penetración de las empresas asturianas en los mercados internacionales, así como la captación de empresarios e inversores que quieran establecerse en Asturias, el Área de Internacionalización y Captación de Inversiones se encargará de los proyectos de internacionalización y desarrollará planes específicos que podrán ser aplicados de manera personalizada.

Al frente de este Área existirá un director vinculado al IDEPA mediante un contrato laboral de carácter especial de alta dirección al amparo del Real Decreto 1.382/1985, de 1 de agosto.

Cuarto.—Área de Conocimiento e Imagen.

Corresponde a esta Área atender las necesidades de información interna, tanto de la Dirección General como de las otras áreas; responderá a las demandas de información de los distintos tipos de empresas y gestionará los sistemas de información internos del IDEPA. Por otro lado, desarrollará un Plan de comunicación de la organización hacia sus beneficiarios y la sociedad asturiana en general.

Quinto.—Área de Innovación de Empresas.

Con el fin de favorecer la modernización, diversificación y mejora de la productividad de las empresas asturianas, el Área de Innovación de Empresas diseñará y pondrá en práctica programas relacionados con la innovación tecnológica, excelencia en la gestión, calidad, medio ambiente, diseño, tecnologías de la información, servicios avanzados, así como cualquier otro factor que se considere necesario para cumplir sus fines. Su núcleo de trabajo serán los proyectos innovadores.

Aplicará sus programas de forma estructurada y, en su caso, personalizada.

Sexto.—Área de Proyectos Empresariales.

Se encargará de diagnosticar las necesidades de un proyecto empresarial, especialmente las de tipo financiero, y ofrecerle los servicios o productos más adecuados. Gestionará, asimismo, las ayudas a la inversión y a la mejora de la competitividad desde el punto de vista de la información y la evaluación, centrando su trabajo en los proyectos de inversión en coordinación con el responsable de la captación de nuevos proyectos de inversión.

Séptimo.—Derogación.

Se deroga la Resolución de 7 de noviembre de 2002, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se aprueba la estructura orgánica del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.

Octavo.—Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación.

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