Vista la Resolución CLT/2289/2003, de 17 de julio (DOGC núm. 3934, de 28.7.2003), por la que se abre convocatoria pública para la presentación de proyectos de los ámbitos de las artes escénicas, de las artes plásticas, del mundo editorial, del multimedia, del discográfico y musical y de la prensa, al efecto de participar en el concurso público para la concesión de aportaciones reintegrables del Instituto Catalán de las Industrias Culturales;
Vistos los artículos 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;
De acuerdo con el artículo 11.e) de los Estatutos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril,
Resuelvo:
Establecer que la dotación máxima de las aportaciones reintegrables previstas por la Resolución CLT/2289/2003, de 17 de julio (DOGC núm. 3934, de 28.7.2003), por la que se abre convocatoria pública para la presentación de proyectos de los ámbitos de las artes escénicas, de las artes plásticas, del mundo editorial, del multimedia, del discográfico y musical y de la prensa, al efecto de participar en el concurso público para la concesión de aportaciones reintegrables del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, es de 400.000 euros, con cargo a la partida 811.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2004.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la consejera de Cultura, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación, de acuerdo con lo que establece el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con la modificación operada por la Ley 4/1999.