La Comisión Europea, tras admitir la denuncia interpuesta el pasado 5 de abril por la Comisión de Libertades Informáticas, examinará si la Ley de Extranjería vulnera la normativa europea sobre protección de datos al incluir entre sus preceptos dos formas de control policial y aduanero sobre ficheros de datos de carácter personal.
Además, la Ley permite el acceso policial al Padrón Municipal a través de una habilitación genérica y esto, en opinión de la Comisión de Libertades Informáticas, excluye las previsiones legales sobre la comunicación de datos personales entre Administraciones.
Dicha Comisión critica, además, las obligaciones impuestas a las compañías de transporte al exigirles la comunicación de datos personales del pasajero o usuario a las autoridades encargadas del control de entrada.
Lo anterior, a juicio de la Comisión de Libertades Informáticas, además de infringir la Constitución Española, infringen también las siguientes disposiciones de Derecho Comunitario: Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, Directiva 95/46/CE de 24 de octubre de 1995 sobre la protección de las personas físicas, Convenio número 108 del Consejo de Europa de 28 de enero de 1981 y la Directiva 2000/43/CE del Consejo de Europa, de 29 de junio de 2000 relativa al principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico.