El citado convenio, que también está previsto que sea suscrito por la Fiscalía General y la Comunidad de Madrid, supone el inicio de los nuevos mecanismos recogidos en la reforma del Código Penal, que entrará en vigor a partir del 1 de octubre.
Concretamente, el nuevo apartado 4 del artículo 48 del Código Penal, establece que en caso de que un juez o tribunal acuerde la pena de prohibición de aproximación a la víctima podrá asimismo disponer que el control de tal medida se efectúa a través de “aquellos medios electrónicos que lo permitan”.
Asimismo, el artículo 57 establece idéntica posibilidad para los supuestos en que la prohibición de aproximación se imponga como pena por la comisión de una falta.
Así y con carácter previo a la entrada en vigor de la citada reforma del Código Penal, el convenio marco realizará una experiencia piloto en materia de medios electrónicos en los órganos jurisdiccionales del partido judicial de Madrid capital que designe el Consejo General del Poder Judicial y que voluntariamente quieran participar.
En principio se va a contar con la colaboración de al menos tres órganos judiciales madrileños, dos de instrucción y uno de ejecutorias, para poner en marcha la aplicación de los medios electrónicos.
También está prevista la creación de una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un representante de cada una de las instituciones firmantes.
El objetivo final de este convenio marco es promover la cooperación entre las instituciones para la adecuada aplicación de los medios electrónicos destinados al control del cumplimiento de las medidas de alejamiento decretadas judicialmente para la protección de las víctimas en el ámbito, especialmente, de la violencia doméstica y de género.