La flexibilización del régimen de los arrendamientos rústicos se debe al nuevo contexto determinado por las reformas de la Política Agrícola Común en el seno de la Unión Europea, la liberalización y expansión del comercio internacional y las transformaciones que se han producido en la agricultura y la sociedad española.
Entre los objetivos del Proyecto de Ley, para cuya tramitación parlamentaria se ha solicitado el procedimiento de urgencia, se encuentran la modernización de las explotaciones agrarias y el reforzamiento de su viabilidad económica, que han de ser compatibles con el equilibrio de las partes en el contrato.
Como novedad, destaca en el texto la autonomía de la voluntad de las partes, en todo aquello que no sea contrario a la Ley, y la ampliación de la capacidad para arrendar.
Un aspecto decisivo del Proyecto es la duración del contrato, ya que se reduce el plazo, a falta de pacto entre las partes, a tres años, que será en todo caso la duración mínima del contrato, para dotar de una necesaria estabilidad a los proyectos de inversión.
También destaca en el Proyecto de Ley el fomento de la modernización de los regadíos, otorgando fuerza obligatoria a los acuerdos de las comunidades de regantes y la supresión de los derechos de adquisición de tanteo, retracto y adquisición preferente.