El Decreto 116/2003 tiene por finalidad favorecer al máximo la seguridad de las instalaciones industriales aportando, al mismo tiempo, la deseable seguridad jurídica tanto a los profesionales como a los ciudadanos en su calidad de consumidores y usuarios e incluso a las autoridades y funcionarios encargados de su aplicación.
Destaca en el Decreto autonómico la obligación de la cobertura de los riesgos derivados de las actividades realizadas por las empresas instaladoras o mantenedoras mediante la suscripción del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
Dentro del ámbito del Decreto se incluyen las actividades relacionadas con la seguridad de las instalaciones y establecimientos industriales y los productos elaborados en las mismas, de contenido específicamente industrial y, por tanto, al margen de las exigencias y condicionantes relativos a la seguridad ciudadana o al orden público.
Regula el Decreto 116/2003 las facultades de autorización de empresas, de profesionales y de entidades colaboradoras; de denegación de la autorización en caso de incumplimiento de los requisitos exigidos; de recepción, tramitación y resolución de solicitudes; de inspección y verificación; de incoación e instrucción de los procedimientos sancionadores; de imposición de las correspondientes sanciones y de inscripción registral y cancelación.
Así, el Reglamento que aprueba el Decreto recoge en un único documento para el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, toda la legislación aplicable respecto de los conocidos como “carnés profesionales” y las empresas autorizadas. También define un marco de actuación para las entidades de formación en materias de seguridad industrial.
Mediante esta recopilación legislativa el Decreto pretende homogeneizar y simplificar las tramitaciones correspondientes, a la vez que sentar las bases para una futura tramitación telemática de estos procedimientos y su relación con otros procedimientos telemáticos en materia de seguridad industrial que ya están funcionando.