El recurso fue interpuesto por la Federación de Transportes y Telecomunicaciones de la Unión General de Trabajadores contra los artículos 79.1.d y 91.2.d del Reglamento, referidos a la autorización para trabajar, sin contemplar la situación nacional de empleo, de los extranjeros de terceros países enrolados en buques españoles y a aquellos que realicen cabotaje insular en estos buques.
En opinión del sindicato, esta previsión contradice a la propia Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y a la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, que en ningún caso da validez al enrole como permiso de trabajo ni excluye a los tripulantes extranjeros de los requisitos generales de contratación.
Pero además, la Unión General de Trabajadores considera que esta regulación es discriminatoria porque beneficia a los empresarios navieros españoles respecto del resto de empleadores al no tener que solicitar sus empleados el permiso de trabajo, así como de estos extranjeros respecto al resto que aspiran a tener un trabajo en España.