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  • EDICIÓN DE 27/05/2003
 
 

EL CONSEJO DE MINISTROS DE LA UNIÓN EUROPEA APRUEBA LA DIRECTIVA SOBRE LAS CUENTAS ANUALES Y CONSOLIDADAS

27/05/2003
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El Consejo de Ministros de la Unión Europea ha aprobado la Directiva por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE, 83/349/CEE, 86/635/CEE y 91/674/CEE sobre las cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedades, bancos y otras entidades financieras y empresas de seguros.

El Reglamento relativo a la aplicación de las normas internacionales de contabilidad introdujo el requisito de que a partir de 2005 todas las sociedades con cotización en bolsa de la Unión Europea elaboren sus cuentas consolidadas con arreglo a dichas normas.

El Reglamento ofrece también a los Estados miembros la opción de permitir o exigir la aplicación de las normas internacionales de contabilidad a la hora de elaborar las cuentas anuales o por las sociedades sin cotización en bolsa.

Las modificaciones aprobadas por el Consejo de Ministros de la Unión Europea permiten a los Estados miembros que no aplican las normas internacionales de contabilidad a todas las sociedades encaminarse a una información financiera adaptada a estas normas.

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