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  • EDICIÓN DE 13/05/2003
 
 

CONSEJO DE LA JUVENTUD

13/05/2003
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Decreto 64/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid (BOCAM de 13 de mayo de 2003).

El Consejo de la Juventud tiene como misión fundamental constituir un foro de participación de los jóvenes en el desarrollo político, económico, social y cultural de la Comunidad de Madrid, además de ser un organismo de coordinación del movimiento asociativo juvenil madrileño e interlocutor del mismo con la Administración.

El Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid es una Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad.

El Decreto 64/2003 se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

El Decreto determina los fines y objetivos del Consejo de la Juventud de la Comunidad de Madrid que son, entre otros, ofrecer un cauce de participación libre a la juventud, velar por el cumplimiento de la legislación autonómica en materia de juventud, promover la creación y desarrollo de Consejos Locales de Juventud y fomentar la creación de nuevas organizaciones juveniles así como prestar apoyo a las ya existentes.

La Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid puede consultarse en el Libro Segundo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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