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  • EDICIÓN DE 16/04/2003
 
 

SISTEMA DE SEGURIDAD PÚBLICA

16/04/2003
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Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña (DOGC de 15 de abril de 2003). Texto completo.

El sistema de seguridad pública de Cataluña se fundamenta en los principios de cooperación, colaboración, lealtad institucional y auxilio mutuo entre las autoridades, administraciones y servicios públicos con responsabilidades en el ámbito de la seguridad.

La Ley 4/2003 incorpora una cultura de la corresponsabilidad mediante la cual la Generalidad de Cataluña y los Ayuntamientos desarrollan espacios e instrumentos de planificación y coordinación que deben garantizar un sistema de seguridad más eficaz y eficiente para Cataluña.

La Ley delimita las competencias de las autoridades en materia de seguridad, condición que reconoce fundamentalmente al consejero o consejera del departamento con competencias en materia de seguridad pública y a los alcaldes.

La Ley 4/2003 otorga una relevancia especial a las juntas locales de seguridad, de las que destaca su carácter obligatorio en los municipios que cuenten con policía local.

La finalidad de la Ley 4/2003 es el aseguramiento de los derechos y las libertades de los ciudadanos, la preservación de la convivencia y el fomento de la cohesión social.

La Ley se estructura en cinco capítulos, relativos a las disposiciones generales, la organización del sistema de seguridad de Cataluña, la Administración territorial de seguridad, las relaciones entre las administraciones y las relaciones con los ciudadanos, a los que siguen varias disposiciones de carácter adicional, transitorio, derogatorio y final.

Para ver el texto completo de la Ley 4/2003 haga click aquí:

<a href="http://www.gencat.es/diari_c/3865/03094047.htm">Ley 4/2003, de 7 de abril, de ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña</a>

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