La Ley 40/2002 recoge la consideración legal de la relación jurídica establecida en torno a la figura del aparcamiento de vehículos debido a la falta de un desarrollo legislativo específico.
La finalidad es evitar los problemas que se derivan por estar regulado el aparcamiento en diversas figuras contractuales de nuestro ordenamiento civil.
La Ley 40/2002 delimita cuáles son los aparcamientos objeto de la misma, distinguiéndoles de aquellos que, por su menor trascendencia, pueden ser tratados al amparo de la ordenación de otras figuras contractuales.
Asimismo, la Ley regula la responsabilidad del titular del aparcamiento en orden a la restitución del vehículo y de sus accesorios.