Diario del Derecho. Edición de 20/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/09/2002
 
 

SE POTENCIA LA IMPLANTACIÓN DE SELLOS DE CALIDAD EN LOS DESPACHOS

30/09/2002
Compartir: 

La Asociación española de normalización y certificación quiere potenciar la implantación de la norma 9001 en los despachos profesionales, por lo que ha creado una guía en la que señala los criterios de aplicación de la certificación ISO 9001 para gestionar los despachos jurídicos, de economistas, graduados sociales, gestores administrativos y titulados mercantiles.

Los abogados se están sumando cada vez con más frecuencia a la obtención de certificaciones de calidad en la gestión de sus bufetes. Los despachos han optado por prestar sus servicios bajo la estructura de empresas, por lo que el abogado ya no debe preocuparse sólo de asesorar a sus clientes, sino que tiene que realizar la gestión de una serie de recursos necesarios para prestar estos servicios.

La guía que ha elaborado la Asociación española de normalización y certificación para los despachos profesionales en general promueve un modelo de calidad basado en “la gestión de los procesos”.

La norma de calidad establece que cada dos años se revise el certificado, cada año se fijen nuevos objetivos y además, el certificado obliga a efectuar evaluaciones de satisfacción a clientes y al personal.

Los impulsores de esta guía consideran que la mayoría de los despachos deberían implantar una norma de calidad, en concreto todos los que tengan más de cinco profesionales.

Entre las ventajas que destaca la guía una vez que se implante la norma de calidad en los despachos se encuentra la facilidad de aprender de la experiencia de resultados anteriores para planificar mejor y la posibilidad de proporcionar confianza al cliente.

Sin embargo, también existen algunos inconvenientes como los costes internos de la implantación de la norma de calidad. Los despachos profesionales que pretendan conseguir la certificación de calidad tendrán que realizar un esfuerzo adicional que englobe el control de la documentación, de los registros, la realización de una auditoría interna, acciones correctivas y preventivas.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Las intenciones del legislador; por Pedro Cruz Villalón, que ha sido presidente del Tribunal Constitucional y abogado general en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
  2. Actualidad: El Supremo anula la norma que excluía a los profesores universitarios de recibir el complemento por investigación
  3. Estudios y Comentarios: Por la recuperación de la normalidad democrática; por Andrés Betancor, Sebastián Albella, M.ª Isabel Álvarez y otros 21 firmantes
  4. Actualidad: El Supremo da la razón a los clientes de la macrodemanda por cláusulas suelo promovida por Adicae
  5. Actualidad: El Supremo declara "transparentes y no abusivas" dos cláusulas de comisión de apertura de hipotecas
  6. Actualidad: Bolaños anuncia 1.004 plazas para jueces y fiscales sustitutos por concurso-posición cuando se apruebe la reforma
  7. Actualidad: La ponente de la amnistía rechaza que el TC consulte al TJUE porque es una ley sobre cuestiones "nacionales"
  8. Estudios y Comentarios: El rayo que no cesa de la corrupción; por Ana Carmona, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla
  9. Tribunal Supremo: En el seguro de vida con cobertura de invalidez la fecha del siniestro será la del dictamen del equipo de valoración EVI y, como excepción, la fecha en que las secuelas se revelan como permanentes
  10. Tribunal Supremo: El carácter interruptivo de actuaciones recaudatorias solo es apto y eficaz para la exigencia de cobro al responsable de una deuda tributaria que ya ha sido derivada

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana