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  • EDICIÓN DE 30/09/2002
 
 

ALBERGUES TURÍSTICOS

30/09/2002
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Decreto 116/2002, de 5 de septiembre, de albergues turísticos (BOPAP de 30 de septiembre de 2002).

La Ley del Principado de Asturias 7/2001, de Turismo, recoge entre los diversos establecimientos objeto de regulación a los albergues, remitiendo a un posterior reglamento la determinación de los requisitos que tales establecimientos deben reunir para alcanzar tal calificación administrativa.

En base a esta previsión normativa, el Decreto 116/2002 determina los requisitos y características de esta modalidad de establecimientos.

El Decreto autonómico tiene por objeto la regulación en el territorio del Principado de Asturias de la actividad de alojamiento turístico ofertada en la modalidad de albergue turístico.

Además, el Decreto 116/2002 define estos albergues como aquellos establecimientos en los que sus titulares ofrecen al público de modo habitual y mediante precio, el servicio de alojamiento por plaza en habitaciones de capacidad múltiple junto con la práctica de alguna actividad relacionada con el entorno.

La Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo puede consultarse en el Libro Tercero del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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